SE DECLARÓ CULPABLE

| 26/03/2021

Tres años de prisión en suspenso por manosear a una niña

Tres años de prisión en suspenso por manosear a una niña

Un acuerdo pleno de juicio abreviado permitió que el juez Bernardo Campana condene a un sujeto a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, luego de que este se declare culpable por haber manoseado a una niña de siete años con la que convivía.

El fiscal Martín Govetto, el acusado y su defensa arribaron a un acuerdo pleno de juicio abreviado y se presentaron ante el juez Campana para que lo homologue.

Tras verificar que las condiciones del acuerdo eran ajustadas a derecho, el magistrado lo homologó y dictó la sentencia, por la que el hombre evitó ir a prisión, con una condena en suspenso sujeta a ciertas pautas de conducta.

De acuerdo a la acusación que planteó el fiscal Govetto, el hecho investigado ocurrió entre los meses de marzo y octubre de 2016, en dos ocasiones, en el interior de un domicilio que el acusado compartía con la víctima, de apenas siete años de edad.

En concreto, el sujeto aprovechó la situación de convivencia con la niña, para someterla a manoseos en las partes íntimas, lo que fue encuadrado en la figura de abuso sexual simple, agravado por haber sido cometido contra una niña aprovechando la convivencia preexistente.

La fiscalía propuso la realización del acuerdo de juicio abreviado, teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos, las condiciones personales del acusado y especialmente que no contaba con antecedentes penales. Así, ofreció una pena de tres años de prisión, de ejecución condicional y el cumplimiento de pautas de conducta de rigor, especialmente la prohibición de acercamiento y de contacto respecto de la menor victimizada y de su madre.

El defensor oficial, Nelson Vigueras, no presentó objeciones y recomendó a su asistido la aceptación de la propuesta fiscal. Siguiendo el consejo del defensor, el acusado reconoció los hechos investigados y acordó con la pena y las pautas establecidas.

En ese sentido, el juez Campana señaló: "El acuerdo propuesto por las partes debe ser aceptado, pues se encuentran cumplidos todos los requisitos previstos" y agregó: "La autoría como la culpabilidad está reconocida por la aceptación que realizó el imputado, además la evidencia ha sido corroborada".

En esa misma línea agregó que "la fiscalía ha fundado adecuadamente la acusación, ha mencionado la declaración de la madre de la víctima, los dichos de la niña en cámara Gesell" y los diversos informes de profesionales que entrevistaron a la pequeña, subrayando que "La evidencia colectada permite avalar que el reconocimiento de culpabilidad efectuado es válido, porque se corrobora con la prueba que hay en los legajos del Ministerio Fiscal".

Finalmente aseveró: "La calificación legal y la pena ofrecida tienen aval en la legislación vigente. Conforme lo analizado, la pena acordada por las partes y su modo de ejecución condicional o en suspenso, resulta posible".

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