QUEDÓ CON UNA INCAPACIDAD LABORAL DEL 65%

| 03/03/2021

Ajustan indemnización para el obrero que cayó desde siete metros y tuvo severas heridas

Ajustan indemnización para el obrero que cayó desde siete metros y tuvo severas heridas

La Cámara Segunda del Trabajo, integrada por Alejandra Paolino, Jorge Serra y Carlos Rinaldis, revisó el dictamen de una comisión médica y declaró una incapacidad laboral de 65% para un obrero que resultó severamente herido al caer de siete metros de altura. La Aseguradora de Riesgos del Trabajo deberá ajustar la indemnización y abonar además, los intereses correspondientes.

El abogado Rodolfo Díaz planteó una demanda por accidente de trabajo e indemnización contra Swiss Medical ART, denunciando la ocurrencia de un sinestro en la mañana del día 11 de enero de 2016, ocasión en que varios operarios realizaban tareas de construcción para la obra "Capitalinas", a una altura aproximada de siete metros.

Según la presentación, el obrero en cuestión perdió pie, cayendo al piso desde dicha altura con fractura de la columna vertebral en la zona lumbar, con reducción del espacio intervertebral, con aplastamiento y reducción de la movilidad, rotación y flexión en la zona dorsolumbar, con acortamiento de la pierna izquierda.

El trabajador fue rápidamente trasladado al Sanatorio San Carlos ubicado en las proximidades y allí quedó internado por once días, haciéndose los estudios indicados y siguiendo las instrucciones de los médicos que lo atendieron, incluso la de utilizar corsé por unos tres meses.

Según la demanda, la ART cubrió los gastos de las atenciones médicas recibidas y luego dio intervención a la comisión médica que dictaminó en marzo de 2017 una incapacidad parcial permanente y definitiva del 18,25%. Sin más, la ART practicó una liquidación menor a los doscientos mil pesos, aunque tomando como base una incapacidad del 50%, el trabajador reclamó a través de su letrado una indemnización cercana al millón de pesos.

Más adelante, la constructora Teximco SA despidió al trabajador el día 27 de septiembre de 2016 y ante el planteo de la demanda reclamó el rechazo de la misma.

El juez Carlos Rinaldis propuso aceptar el dictamen de una médica y psicológica, que estimó la incapacidad del operario en un 87,5% y sostuvo que para calcular las sumas indemnizatorias deberán considerarse los salarios que percibía el trabajador de acuerdo a las escalas salariales vigentes al momento del siniestro laboral, a lo que habrá que añadir los intereses que se computarán desde la fecha del accidente y planteó que la indemnización debida al trabajador deberá ser cancelada mediante una prestación de pago único.

Sin embargo el juez Serra no compartió el porcentual de incapacidad dictaminado por una pericia psicológica y analizadas las constancias del expediente planteó un total de 65% de incapacidad parcial, permanente y definitiva, concluyendo además que la indemnización deberá ser calculada conforme el salario que correspondía al trabajador al mes de enero de 2016.

Finalmente, la jueza Paolino dijo que más allá de compartir los fundamentos propuestos por el juez Rinaldis, adhería al criterio propuesto por Serra en cuanto a la determinación del porcentaje de incapacidad psicológica que padece el actor.

Así, por mayoría, la Cámara Segunda del Trabajo ordenó hacer lugar a la demanda y determinó que el operario padece una incapacidad del 65% -parcial, permanente y definitiva-, que deberá ser resarcida en el término de cinco días, calculándose la indemnización sobre la base del salario de enero de 2016, con más sus intereses.

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