LE HABÍAN IMPUESTO CATORCE AÑOS DE PRISIÓN

| 20/02/2021

Corte Suprema rechazó recurso y confirmó condena por homicidio de excombatiente

Corte Suprema rechazó recurso y confirmó condena por homicidio de excombatiente

Con los votos de Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja intentado por la defensa y con ello agotó las instancias recursivas del caso seguido contra Jorge "El Mono" Crespo, quien años atrás fue condenado a catorce años de prisión como autor penalmente responsable del homicidio del excombatiente Ricardo Villanueva.

En mayo de 2017, Crespo fue condenado por los jueces Marcelo Barrutia, Ricardo Calcagno y Emilio Riat, quienes lo encontraron culpable y, en la sentencia en la que le impusieron catorce años de prisión, destacaron su personalidad sumamente agresiva y pendenciera.

Luego siguieron diversas instancias de apelación que fueron una a una rechazadas, hasta que la defensa acudió con un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que días atrás le cerró definitivamente las puertas y terminó por darle firmeza a la sentencia condenatoria.

El hecho que tuvo como protagonista a Crespo ocurrió en el corazón del barrio Anasagasti el 11 de junio de 2016. Todo comenzó en el interior del "Bar de Rossi" ubicado sobre la calle del mismo nombre y culminó minutos después en la calle Ruiz Moreno.

De acuerdo a la acusación que fue ratificada por la sentencia, en el interior del local nocturno se produjo una discusión cuando Crespo adoptó un comportamiento ciertamente pendenciero mientras tomaba su noveno vaso de whisky y, sin mediar palabras, golpeó en el rostro a Storti, uno de los acompañantes del fallecido Villanueva. Tras el tumulto lógico, el personal de seguridad del local -que históricamente funcionó como cabaret- logró retirar a Crespo del salón.

Instantes después, sin embargo, el acusado regresó blandiendo un cuchillo con el que intentó atacar a todos los que quisieron detenerlo. En un momento determinado, la víctima y sus acompañantes pudieron abandonar el local nocturno e intentaron alejarse del lugar en sus automóviles.

Pero la bronca no estaba saldada y Crespo atacó a Villanueva, quien se defendió efectuando disparos de arma de fuego al piso mientras retrocedía y trataba de alejarse de su agresor por calle Ruiz Moreno. En el fragor de la lucha, algo pasó con el arma de Villanueva, de la que era legítimo usuario, y esa circunstancia fue aprovechada por Crespo, quien se abalanzó y le asestó varias puñaladas.

Posteriormente, víctima y victimario regresaron en dirección al bar donde se había iniciado la agresión, abordaron sus automóviles y se retiraron del lugar. Al hacerlo, además, Crespo chocó intencionalmente el automóvil de los acompañantes de Villanueva, provocándole daños de consideración, mientras estos intentaban detenerlo, lo insultaban y golpeaban su vehículo.

Cuando la policía llegó al lugar, frente al bar ya no había incidentes, pero recorriendo la zona los uniformados encontraron a Villanueva, sentado sobre el asfalto y apoyado en su camioneta, que permanecía con el motor encendido y la puerta abierta, con abundantes rastros de sangre sobre toda la carrocería y el piso.

Agonizante y acusando fuertes dolores, la víctima repitió “Fue ‘El Mono’, fue ‘El Mono’”, según relató uno de los policías que llegó primero al lugar.

Varios testigos coincidieron durante el juicio al señalar que aquella noche Crespo estaba “sacado”, “fuera de sí” y que Villanueva, pese a que llevaba un arma de fuego, efectuaba disparos al piso y retrocedía, queriendo evitar un enfrentamiento. Para los jueces que dictaron la sentencia, debía destacarse y tenerse "debidamente en cuenta que los disparos efectuados por la víctima Villanueva, previos a los cuchillazos recibidos por parte de Crespo que luego le ocasionan la muerte, lo fueron solo para defenderse ante la agresiva actitud de Crespo y para que en todo caso desistiera de su comportamiento, con lo cual resulta evidente que no existió en modo alguno ninguna legítima defensa por parte de Crespo, ni exceso en la misma”.

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