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POR SECUELAS PSICOFÍSICAS

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28/04/2020

ART deberá indemnizar a la trabajadora de un hogar de ancianos

 

Una trabajadora deberá ser indemnizada por la compañía de Seguros de Riesgos del Trabajo, según el monto que arroje la liquidación final, estimado en una suma que supera los cuatrocientos mil pesos, más los intereses que correspondan y además recibirá la cobertura de todas las prestaciones médicas que requiera el tratamiento por las secuelas psicofísicas derivadas de un siniestro laboral cuando prestaba servicios en un hogar de adultos mayores de El Bolsón.

El fallo corresponde a la Cámara del Trabajo de Bariloche, con las firmas de los jueces Alejandra Paolino, Carlos Cuellar y Jorge Serra. Los tres magistrados resolvieron aceptar la demanda de la mujer que sufrió una dolencia caracterizada como hernia de disco inoperable, cuando realizaba tareas de cuidado a adultos mayores en el hogar ubicado en El Bolsón.

Según se describió en la demanda, el accidente laboral se produjo cuando levantaba a un hombre con movilidad reducida, para trasladarlo a su cama a descansar. En la oportunidad y debido al peso del anciano, y para evitar su caída, realizó un sobre esfuerzo que provocó un dolor agudo a nivel lumbar que le impidió seguir prestando servicios. La trabajadora realizó la denuncia a la ART y recibió tratamiento con analgésicos inyectables con reposo laboral.

En el examen médico de rigor, los estudios confirmaron la hernia discal lumbar ubicada en el sacro. No obstante, la propia ART notificó a la trabajadora, que más allá de haber otorgado las prestaciones para la atención del proceso agudo, rechazaba el siniestro por cuanto la patología, era de carácter crónico, degenerativo e inculpable.

Ante esta respuesta, la mujer inició la demanda en el convencimiento que al momento de ingresar a prestar servicios, lo hizo en perfecto estado de salud y sin antecedentes de lumbalgias. Es así que durante seis años realizó tareas que demandaban esfuerzos, que generaron la lesión lumbar. Ello se revela a través de una sola hernia discal, que tiene relación causal directa con ese trabajo de esfuerzo.

Al momento de dictar la sentencia, los jueces valoraron la pericia médica efectuada, la que en su parte pertinente ha consignado que “gran cantidad de esfuerzos similares en forma reiterada y ante la fuerza intempestiva narrada, se motivó el infortunio”. Es decir que “la trabajadora sufrió un accidente laboral cuyo mecanismo habría sido suficientemente idóneo como para después de haber realizado esfuerzos laborales en condiciones antiergonómicas se produjera una hernia discal”. Asimismo señaló que la dolencia no tiene la posibilidad de ser intervenida quirúrgicamente, debido “al alto grado de morbilidad de posibles secuelas postoperatorias que hacen que la cirugía pueda tener un saldo negativo, manteniendo y lo que es más probable, aumentando grados de dolor, lesiones y limitaciones funcionales”.

Mariano Colombo