AHORA CAMBIARON LA CALIFICACIÓN LEGAL

| 07/11/2019

Más de trece años de prisión por homicidio de Ricardo Escobar

Mariano Colombo
Más de trece años de prisión por homicidio de Ricardo Escobar

 

Se había declarado culpable por homicidio en ocasión de robo en calidad de partícipe secundario, en un acuerdo pleno alcanzado con la Fiscalía. Pero el convenio no prosperó y finalmente fue condenado en un acuerdo parcial, por el mismo delito, pero con el agravante por la participación de un menor de edad y participación plena. La condena será unificada con otras anteriores.

En el marco de un acuerdo parcial entra la Fiscalía representada por Betiana Cendón, la defensa oficial y el propio acusado, Daniel Cuyul, fue declarado autor penalmente responsable por el delito de homicidio en ocasión de robo agravado por la participación de un menor, en el hecho que costó la vida de Ricardo Escobar.

El acusado, resultó condenado a la pena de 13 años y 4 meses de prisión efectiva, aunque como registra otras sentencias en su contra, habrá que esperar el proceso de unificación de penas y el cómputo final de la condena, de acuerdo a los tiempos que ya transitó privado de su libertad, para determinar fehacientemente su fecha de liberación.

El caso de Cuyul es muy particular. Apenas unos días atrás se sentó ante los jueces y aceptó el acuerdo que le propuso la Fiscalía. Aceptó un acuerdo pleno a cambio de una condena de diez años de prisión. Pero los jueces Gregor Joos, Marcos Burgos y Juan Pablo Laurence revisaron la evidencia y plantearon algunas objeciones.

Tras una serie de correcciones, y con otra calificación legal del hecho, las partes volvieron a una audiencia pero esta vez con un acuerdo parcial. Acordaron sobre el hecho pero discutieron sobre el monto de la pena, por lo que tras la deliberación los jueces le impusieron trece años y cuatro meses de prisión.

El pasado 30 de junio, Ricardo Escobar, después de cenar con su pareja, caminaba por calle Onelli hacia el Alto, dirigiéndose a la casa de su madre, a quien cuidaba todas las noches. En el camino, cerca de la intersección con la calle Vilcapugio, un menor de edad y Daniel Benjamín Cuyul, comenzaron a perseguirlo con intenciones de robo.

Lo alcanzaron en la intersección de las calles mencionadas y mientras Cuyul lo golpeaba y lo sujetaba fuertemente, el menor le asestó varios puntazos que derivaron en su muerte, a causa de una profunda hemorragia que surgió a partir de la sección parcial de la arteria femoral. Le robaron el teléfono celular y su billetera.

El menor de edad involucrado ya fue juzgado y declarado responsable por el hecho, debiendo cumplir un tratamiento tutelar hasta alcanzar la mayoría de edad, momento en que analizarán si corresponde o no aplicarle una pena.

Según la acusación, el hecho ocurrió aquel día entre las 22 y 23 horas, cuando los agresores fueron expulsados del local bailable “Los años dorados”, tras haber protagonizado un disturbio con otras personas. Al salir a la vía pública, comenzaron a perseguir a Escobar con la intención de robarle sus pertenencias.

Para la reconstrucción de lo ocurrido fue vital la obtención de registros fílmicos de distintas cámaras de seguridad ubicadas tanto en el local bailable mencionado como en comercios aledaños. En la secuencia de imágenes se observa con nitidez, el accionar de los acusados, que además tuvieron un comportamiento pendenciero aquella noche en el boliche, por lo que los testimonios que se recogieron del lugar, también resultaron contundentes en cuanto a su individualización.

El adolescente autor de las puñaladas mortales, se encuentra actualmente alojado en un dispositivo de la SENAF en General Roca. El joven admitió su responsabilidad en el homicidio, como autor de las puñaladas, porque todo quedó registrado en las filmaciones de las cámaras que exhibió la Fiscalía para sostener su acusación.

Tiene otras condenas por hechos violentos

Cuyul registra otros antecedentes en la justicia. El 29 de octubre de 2015 había sido condenado en un juicio abreviado por el delito de robo agravado por el uso de armas de fuego y le habían impuesto cinco años de prisión. El hecho había ocurrido el 21 de abril del mismo año en el sendero que conduce al refugio Neumeyer. En ese lugar, a la vera del arroyo Ñireco, Cuyul y otro sujeto aguardaron escondidos detrás de unas plantas de retama y ante la presencia de dos jóvenes los abordaron exhibiendo cuchillos.

Cuyul agarró a uno de los jóvenes y le apoyó un cuchillo en el cuello, mientras que su compinche forcejeó con la otra víctima con el propósito de desapoderarlo de sus pertenencias. Se quedaron con una mochila, cuarenta pesos en efectivo, un par de auriculares, un teléfono celular y el juego de llaves de un automóvil.

Posteriormente, ambos agresores se dirigieron hasta el lugar en donde los damnificados habían dejado estacionado el automóvil Chevrolet Corsa para abrirlo utilizando la llave y apoderarse de una campera, una mochila y varios elementos para la práctica de boxeo, tales como guantes, vendas, protector bucal, remera y short. Antes de escapar raudamente del lugar, Cuyul, tomando el cuchillo que portaba, dañó una de las cubiertas del automóvil. Poco después fue detenido por personal policial, con los elementos robados en su poder.

Anteriormente, el 26 de junio de 2009, Cuyul también resultó condenado en un juicio abreviado que realizó la Cámara Primera del Crimen, que le impuso la pena de cuatro años de prisión por tentativa de homicidio.

La agresión se produjo a las 14.50 del 21 de febrero de 2009, en una vivienda del barrio Nahuel Hue II. Cuyul irrumpió en el lugar junto a otras dos personas y efectuó un disparo contra Mauro Cárdenas, presumiblemente con una pistola 22. La bala ingresó al cuerpo de la víctima por el quinto espacio intercostal derecho, al costado del esternón. El proyectil lesionó el pulmón de Cárdenas, le atravesó el diafragma, el lóbulo izquierdo del hígado y el intestino, pero el forense que lo atendió, Leonardo Saccomanno, presume que si bien afectó varios órganos no estuvo en peligro su vida ni sufrirá una debilitación permanente en su organismo.

El profesional consideró que las lesiones fueron de carácter grave, pero la acusación contra Cuyul se agravó a la figura de tentativa de homicidio porque en la causa consta que el joven trató de efectuar un nuevo disparo contra Cárdenas, y que se lo impidió una de sus acompañantes. Por el hecho fue condenado a la pena de cuatro años de prisión efectiva.

Mariano Colombo

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