17/09/2019

AEHGB denuncia incumplimientos por parte de Camuzzi

AEHGB denuncia incumplimientos por parte de Camuzzi
Foto archivo.
Foto archivo.

Antes del invierno Camuzzi Gas del Sur anunció que habría un alivio para las pymes ante los grandes aumentos de las tarifas, se trataba de un tope de aumento del 50 por ciento para lo cual las pequeñas empresas debían registrarse. La comisión directiva de la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de Bariloche (AEHGB) detectó que pasados los meses dicho beneficio no se hizo efectivo y curso notas a la empresa en el mes de junio la cual aún no respondió. También envió copia al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) y a Defensa del Consumidor.

En la nota enviada por la AEHGB a Camuzzi Gas del Sur, se efectiviza el reclamo formal  tendiente a la revisión de las facturas emitidas para el período de consumo 04/19, por el cual habían sido facturados incrementos  del orden aproximado al 243% sobre lo facturado en el mismo período del año anterior 04-2018. Por tanto no reflejan los parámetros y disposiciones del marco regulatorio y a la vez tampoco respetan ni reflejan los descuentos por beneficio PYMES, previstas en la Resolución 14/18, publicada en el boletín oficial el 27/09/18. En la misma se disponía una “Reducción del 50% en facturas de gas para industrias y comercios”.

Pero como resultante de una simple lectura de las facturas acercadas a la Institución por los pequeños establecimientos de hotelería y gastronomía, de los que se adelanta plantean la absoluta imposibilidad de pago de los montos facturados, se constata un vicio evidente e incumplimiento de la Resolución

– período 02-2018 aprox. $ 0.997por m³

– período 04-2018 aprox. $ 1.337 por m³

– período 03-2019 aprox. $ 3.493 por m³ (menos descuento beneficio Pymes)

– período 04-2019 aprox. $ 4.593 por m³ (y SIN bonificación ni descuento Pymes)

Es por ello que desde la AEHGB se solicitó la impugnación de la facturación, requiriendo la reconsideración de la misma y la reliquidación por no encontrarse garantizados los derechos que la normativa previó para las PYMES; ya que de lo contrario terminará en la pérdida de usuarios que están en riesgo de quedar eliminados de su actividad comercial para la cual el gas es un insumo imprescindible.

Para poder acceder el beneficio, los usuarios de la categoría SGP 1 y SGP 2 debían inscribirse en el Registro de Empresas MiPyMES previsto en la Ley N° 24.467, o ser beneficiarios del régimen de la Ley N° 27.218 para Entidades de Bien Público de acuerdo con lo previsto en la Resolución N°218 del 11 de octubre de 2016 del ex Ministerio de Energía y Minería de la Nación. Luego de haber obtenido el certificado correspondiente, los interesados deberán enviar una solicitud formal para acceder al beneficio a [email protected]  o [email protected] según corresponda, indicando el número de cuenta de aquel servicio por el cual están solicitando el beneficio.

Pasados ya cuatro meses de presentado el reclamo, la AEHGB expresa su gran preocupación ante el silencio de la empresa y decide hacerlo público a la vez que anticipa que continuará las gestiones hasta tanto Camuzzi brinde las explicaciones pertinentes y revise la no aplicación del beneficio promocionado. (Fuente: Prensa AEHGB)

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