LAS PARTES RATIFICARON SUS POSICIONES

| 10/07/2019

El próximo viernes o después de la feria judicial decidirán si se investiga a la mamá del bebé asesinado

Mariano Colombo
El próximo viernes o después de la feria judicial decidirán si se investiga a la mamá del bebé asesinado

Ahora el juez Bernardo Campana deberá resolver cuál de las dos posturas es válida. Está en discusión la resolución de la jueza de Garantías Romina Martini, que rechazó la formulación de cargos realizada por la Fiscalía al decretar varias nulidades sobre las primeras instancias de la pesquisa que permitió el hallazgo del bebé asesinado. El magistrado podría dar a conocer su resolución el viernes, aunque admitió que ante la complejidad del caso, su veredicto podría darse luego de la feria judicial de invierno.

Los fiscales Betiana Cendón y Martín Lozada, fundamentaron este miércoles (10/7) su pedido de impugnación contra la resolución de la jueza de Garantías Romina Martini, que les impidió avanzar formalmente en la investigación del crimen del bebé recién nacido, ocurrido el pasado mes de mayo. Puntualmente, reclamaron que se revoque esa decisión y se habilite la instancia formal de la investigación, con la joven madre como imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por su comisión con alevosía.

Los fiscales recordaron que la jueza Martini declaró la nulidad de la inspección ocular desplegada en el domicilio en el que ocurrió el parto y posterior crimen y todos los actos consecuentes. Para los fiscales, Martini “creyó sin más” la cronología de los hechos que realizó la Defensa y adhirió a sus argumentos sin valorar los elementos aportados por la Fiscalía. La decisión fue arbitraria, señalaron.

Destacaron varios puntos de agravios. En primera instancia aludieron a “una errónea interpretación del caso” que realizó la jueza Martini en relación al consentimiento que le brindaron a las autoridades para ingresar al domicilio y realizar una inspección ocular. También observaron “una omisión en el análisis de la jueza”, señalando que el Código Procesal Penal habilita circunstancias extraordinarias y especiales para que sin autorización de un juez, las autoridades puedan ingresar a un domicilio. Sostienen que el caso ameritaba el ingreso, pues había un bebé recién nacido que no podía valerse por sí mismo.

Asimismo, cuestionaron “la inaplicabilidad de la doctrina del caso Natividad Frías y del caso Valdivieso”, porque la sospechosa no estuvo con riesgo de vida por las pérdidas de sangre que sufría y destacaron que la sospechosa nunca se autoincriminó porque “no narró hecho alguno que la incriminara”.

Subrayaron que la jueza Martini dio preponderancia a tratados y convenciones internacionales sobre erradicación de violencia y discriminación contra la mujer, sin rango constitucional, por sobre otras disposiciones internacionales a las que sí el Estado argentino adhirió, dándole rango constitucional, que plantean la protección integral de los niños, niñas y adolescentes y los tratados sobre derechos humanos.

Además, destacaron que la jueza se valió de un cuadro de violencia de género o familiar, que no se probó y que el testimonio de la hermana de la sospechosa, se reorientó para favorecer la posición de la acusada.

A la postura de los fiscales, adhirieron los abogados querellantes Lucas Jankovic y Alejandro Valdés, en representación de la asociación civil EPAMM.

Por su parte el defensor oficial Marcos Cicciarello, arrancó su alegato con dureza. “La decisión de la jueza debe ser confirmada, la actuación de los fiscales por fuera de la ley, no debe tener el respaldo de los jueces por la presión de la sociedad o por notas periodísticas locales”, y sentenció “Sino sería demagogia punitiva”.

Luego analizó “Es un caso bisagra, se espera un mensaje contundente. Los jueces no pueden estar dispuestos a salvar a cualquier costo el obrar ilegal de la Fiscalía. No todo vale” y siguió “La ilegalidad que guió la recolección de prueba continuó durante las audiencias”. Para respaldar su postura, estuvo acompañado por los defensores oficiales Juan Pablo Laurence, Nelson Vigueras y la defensora adjunta Mónica Goye.

Enfatizó que había varios elementos en el caso que importaban una cuestión federal, aludiendo a elementos que investigaron los médicos para curarla que se utilizaron para iniciar una investigación penal; una violación al debido proceso porque la Fiscalía se apartó del Código Procesal Penal para la recolección de pruebas; que se valieron de la enemistad de las hermanas para reunir información; la cuestión de la inviolabilidad del domicilio y la autoincriminación.

Haciendo referencia a un precedente que citó el defensor relacionado al tema del consentimiento al ingreso a la vivienda, apuntó “Bueno, es entendible ¿no? A mí me da miedo cuando se me acerca un inspector de Tránsito, no quiero ni pensar si se me acercan siete policías”.

El defensor oficial Marcos Cicciarello, solicitó se confirme la resolución atacada, aludiendo a las nulidades que la jueza Martini decretó y que a su criterio debían ser ratificadas y enfatizó también sobre una situación grave de violencia institucional en el que se vio inmersa la sospechosa por parte de la Policía, por el Hospital Zonal y por la Fiscalía.

Recordó que durante las audiencias el juez Campana debió advertir a testigos de la policía que declaraban bajo juramento y se exponían a una causa por falso testimonio en caso de faltar a la verdad y que además llamó la atención a la fiscal Cendón para que no haga señas mientras declaraba uno de sus testigos.

Mariano Colombo

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