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POR ABUSO DE PODER EN CAUSA LUCAS MUÑOZ

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03/04/2019

Dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para Meyreles y Valenzuela

Dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para Meyreles y Valenzuela
Dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para Meyreles y Valenzuela

El juez Marcelo Barrutia encontró palmariamente demostrado que los oficiales Néstor Meyreles y Federico Valenzuela, incurrieron en el delito de abuso de poder al concretar la compra de un chip de telefonía celular a nombre del por entonces desaparecido Lucas Muñoz, sin ninguna autorización judicial o policial. Aseguró que con esa maniobra desviaron a los investigadores y generaron expectativas en la familia sobre la posible aparición del joven.

Al mediodía de este miércoles se dio a conocer el fallo firmado por el juez Marcelo Barrutia en el caso en el que se investigó la responsabilidad de Néstor Meyreles y Federico Valenzuela en el delito de abuso de poder, en una de las causas desprendidas de la que investigó la desaparición y posterior homicidio del oficial de la Policía rionegrina, Lucas Muñoz. Ambos resultaron condenados a la pena de dos años de prisión en suspenso, más el doble de inhabilitación especial para desempeñar cargos públicos y el cumplimiento de pautas de conducta por dos años, bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena y enviarlos a prisión.

Para el juez Barrutia quedó demostrada de forma palmaria la ocurrencia del hecho y la autoría de parte de los dos acusados, quienes actuaron con el dolo que requiere la figura penal, al entender que lo hicieron aún a sabiendas de que la maniobra que intentaban era contraria a la ley.

El magistrado no consideró válidas las peticiones defensivas de encuadrar el hecho investigado en otras figuras penales -la defensa de Meyreles había apuntado al delito de violación de secreto y privacidad y el defensor de Valenzuela apuntó a la figura de usurpación de autoridad- y además cuestionó el planteo del defensor Gustavo Godoy, para realizar una nueva pericia sobre el teléfono de Valenzuela, evaluándola como una maniobra dilatoria inoportuna.

El juez valoró especialmente que la tarea desplegada por los dos oficiales fue una diligencia ilegítima que impactó negativamente en la investigación de búsqueda de Lucas Muñoz, además de generar falsas ilusiones a la familia sobre el posible hallazgo con vida del joven oficial que por entonces llevaba pocos días desaparecido.

El hecho investigado ocurrió el 15 de julio de 2016. Todavía no habían pasado 24 horas de la desaparición de Lucas Muñoz cuando Federico Valenzuela, un oficial de la comisaría 42, la misma en la que trabajaba el joven oriundo de Ramos Mexía, llamó a Néstor Meyreles a través de su teléfono celular. Tal vez por su ubicación en el destacamento de Sargento Vidal, en donde la compañía Claro no tenía buena señal, la llamada no fue atendida.

Pero apenas unos segundos después, desde el teléfono de Víctor Meriles -otro oficial de esa dependencia del Alto Valle rionegrino-, Meyreles se comunicó con Valenzuela. Hablaron un par de minutos. Inmediatamente después, Valenzuela envió un mensaje con el número de teléfono de Lucas Muñoz al teléfono de Meriles. Desde esa línea, el número fue reenviado al teléfono de Meyreles.

Instantes después, desde el teléfono de Meriles partió una llamada breve al teléfono de Elio Mauricio Carrera, propietario de una subagencia de telefonía celular. Seguidamente, existió una nueva llamada del teléfono de Meriles a Valenzuela y como respuesta inmediata, Valenzuela envió a ese teléfono un mensaje con el número de DNI de Lucas Muñoz, que, de nuevo, fue reenviado al teléfono de Meyreles. Al mismo tiempo, desde el teléfono de Meriles salió una nueva llamada a Carrera.

Todo ello ocurrió entre las 12.40 y las 13.17 del 15 de julio de 2016. Exactamente a las 13.19 de ese día, se activó un nuevo chip de telefonía celular de la empresa Movistar, a nombre de Lucas Muñoz. Todavía no habían pasado 24 horas de la desaparición.

Por esas horas, los investigadores buscaban pistas desesperadamente sobre el paradero de Muñoz. Una comisión fiscal a cargo de Martín Govetto, había puesto al frente de la pesquisa policial a Eliseo González, quien designó como su secretario prevencional al oficial Carlos Acuña.

Pocos días después, los investigadores recibieron un informe de la firma Movistar, que anunciaba la activación de una nueva línea telefónica a nombre de Lucas Muñoz. Desviaron el eje de la pesquisa y apuntaron todos los  cañones a una agencia de Neuquén capital, aunque luego se supo que el chip había sido adquirido en una subagencia de Colonia Catriel. Tardaron algunas horas en descubrir que detrás de todo estaban Meyreles y Valenzuela. Durante el mismo tiempo, abandonaron todas las otras líneas de investigación que tenía el caso.

La condena contra Meyreles y Valenzuela, sumada a la que tiempo atrás recibieron Luis Irusta y Maximiliano Morales, por el allanamiento ilegal al domicilio en el que se hospedaba Lucas Muñoz, deja ver una actividad policial extraoficial, que investigó de forma paralela al carril oficial que encabezó el fiscal Govetto.

Aunque hubo varias líneas de investigación y algunas hipótesis pudieron profundizarse, ninguna arrojó resultados determinantes. Así, el posible secuestro y posterior asesinato del oficial Lucas Muñoz, ultimado de un disparo con su propia arma reglamentaria por la espalda en un descampado, aún no pudo ser esclarecido.

Luego de la íntegra lectura de la sentencia, el juez Barrutia, señaló la importancia del fallo que se daba a conocer, ello, en contraposición a lo expresado en el alegato por uno de los letrados defensores, quien sostuvo que una condena podría favorecer la falta de colaboración de empleados policiales ante casos similares al investigado. En este sentido el magistrado afirmó, "Muy por lo contrario, esta sentencia condenatoria apunta a dar un mensaje fundamental a todos los integrantes de las fuerzas policiales, en el sentido que deben cumplir con su función, que es muy delicada, pero siempre debe ser conforme a la ley...". De igual manera, el juez Barrutia destacó la conducta y profesionalidad de las partes en todas las etapas del proceso.

Mariano Colombo

Dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para Meyreles y Valenzuela
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