18/03/2019

Lo acusaron por amenazas en contexto de violencia de género y seguirá detenido

Mariano Colombo
Lo acusaron por amenazas en contexto de violencia de género y seguirá detenido

El juez Juan Martín Arroyo declaró la inconstitucionalidad para el caso concreto del artículo 110 del Código Procesal Penal y sostuvo la prisión preventiva de un sujeto acusado de haber amenazado a su expareja. De ese modo el imputado permanecerá detenido hasta que se agote la instancia de investigación.

Se trató sin dudas de un caso atípico. Porque la legislación vigente establece parámetros muy concretos para sostener la prisión preventiva de un ciudadano investigado por un delito penal y las restricciones, también muy precisas, que impiden la aplicación de una prisión preventiva. Las circunstancias del caso bajo estudio, impedían mantener el encierro del acusado, por lo que el juez decretó la inconstitucionalidad para este caso concreto.

Sin embargo, considerando especialmente los preceptos de la Convención Belén Do Pará -Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer-, a la que adhiere el Estado argentino, y la posibilidad de que una resolución contraria pueda derivar en una responsabilidad internacional por parte del Estado, el magistrado dictaminó la inconstitucionalidad en el caso concreto, de lo establecido por el artículo 110 del Código Procesal Penal de Río Negro.

R.C.F., un santafecino de 52 años de edad, fue acusado por amenazar a su expareja de forma reiterada, a partir de la disolución del matrimonio que sostuvieron durante treinta años.

Los hechos que atribuyó la fiscal adjunta Clara Moldes, ocurrieron a partir del jueves 14 de marzo y se continuaron aún con la intervención policial que se dio a instancias de un vecino de la calle Rolando, que escuchó los insultos y amenazas y resolvió convocar a las autoridades al llamar al 911.

R.C.F, envió incontable cantidad de mensajes a través de whatsApp a su exesposa, anunciándole futuros males a partir de una "nueva etapa que comenzaba" y que podía "explotar" y "hacer mucho daño". "No voy a parar, se va a pudrir", amenazaba.

El tono amenazante del acusado no cesó a partir de la intervención policía. En un mensaje de audio le pidió a su exesposa que le hiciera escuchar a los policías y pedía que lo detengan porque iba a hacer mucho daño.

Según denunció la víctima, mantuvo una relación matrimonial de treinta años con R.C.F, con quien tuvo cuatro hijos. Además, explicó que sufría violencia psicológica desde hacía tiempo y una vez llegó al extremo de la violencia física, aunque nunca lo denunció. Explicó que a partir de un tratamiento terapéutico llegó a la decisión de separarse y la relación con Ferrero se volvió insostenible.

La fiscal adjunta Moldes, pidió la apertura formal de la investigación y reclamó que el hombre permanezca detenido, aunque la condena posible por el delito atribuido esté estipulada entre dos y cuatro años de prisión. Advirtió que existía una condición de muy alta vulnerabilidad de la víctima y que el sujeto ya había anunciado que si era liberado provocaría mucho daño. Subrayó que su conducta estaba descontrolada.

La defensora adjunta Mónica Goye, no se opuso a la formulación de cargos, aunque sí a la posibilidad de que su asistido permanezca detenido. Reclamó en cambio la realización de una pericia psiquiátrica a cargo de Cuerpo Médico Forense y si los resultados del estudio eran determinantes, se disponga la internación de R.C.F.

El juez de Garantías Juan Martín Arroyo, destacó que no existían en el caso otras posibilidades menos gravosas para proteger a la víctima de posibles reacciones violentas del individuo, pues desde su separación no ha logrado establecer un domicilio fijo y consideró primordial tomar medidas que aseguren la protección de la mujer.

Mariano Colombo

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