11/07/2018

Reconoció tres hechos contra su ex y fue condenado

Reconoció tres hechos contra su ex y fue condenado
Juez Marcos Burgos.
Juez Marcos Burgos.

Claudio José Maldonado (37) reconoció su culpa en tres hechos que le atribuyó la fiscalía y en el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado, fue condenado a la pena de un año y dos meses de prisión en suspenso.

Ante el juez Marcos Burgos se presentaron las partes a una audiencia que inicialmente estaba prevista como Control de Acusación. Sin embargo, las partes lograron entablar un acuerdo pleno mediante el cual el acusado se declaró culpable y aceptó la pena propuesta por el fiscal Tomás Soto.

Al sujeto le atribuyeron tres hechos. El primero de ellos ocurrido en la mañana del 5 de abril pasado, cuando se presentó en el domicilio de su expareja, ingresó sin su autorización a la vivienda y revisó sus pertenencias. El hecho fue encuadrado en la figura de violación de domicilio.

El segundo episodio ocurrió el 8 de abril pasado, en horas del mediodía. A través de su teléfono celular envió un mensaje a otro hombre que había tenido una relación sentimental con la mujer y le advirtió “un día la van a encontrar muerta”. Más tarde, a través de otro mensaje indicó “que la vayan a buscar al lago, la van a encontrar muerta”. El hecho encuadró en la figura de amenazas simples.

Finalmente, el tercer hecho ocurrió el 4 de mayo pasado, cuando interceptó a la víctima en la vía pública, en la intersección de las calles Goedecke y Tiscornia y repitió sus amenazas de muerte, mientras se producía un forcejeo y la mujer pedía ayuda. En esa oportunidad, además de cometer el delito de amenazas, desobedeció una orden judicial que le habían impuesto y le impedía acercarse a la mujer. A partir de ese día el hombre permaneció detenido con prisión preventiva. Por ello le atribuyeron los delitos de amenazas simples y desobediencia a una orden judicial.

El fiscal Tomás Soto presentó el acuerdo pleno ante el juez Burgos, reclamando que además de la pena se le impongan una serie de pautas de conducta por el término de dos años, siendo la primera de ellas la prohibición de acercamiento hacia la mujer, que solo se podrá romper cuando el acusado asista al encuentro con sus hijos, en el marco del régimen de visitas que determinará el Juzgado de Familia.

La acusación por los tres hechos, fue respaldada por las denuncias que presentó la víctima, capturas de pantalla en las que se registraron los mensajes intimidatorios, declaraciones testimoniales que daban cuenta de la relación turbulenta que unía a la pareja y el aporte de profesionales que atendieron a la mujer y evaluaron su caso como de alto riesgo, además de un informe pericial elaborado por la OITEl -Oficina de Investigación en Telecomunicaciones-, en el que se comprobó el tráfico de comunicaciones entre el celular del acusado y el de la víctima.

Para el juez Burgos, la relación de los hechos resultaba correcta y la calificación legal escogida adecuada, mientras que la pena se encontraba dentro de los parámetros legales establecidos por la ley.

Por ello y apuntando que las pruebas señaladas parecían suficientes como para llegar a un juicio con un veredicto de responsabilidad, homologó el acuerdo pleno que presentaron las partes y condenó al sujeto a la pena establecida en el acuerdo, además de imponerle la obligación de respetar las pautas de conducta por el término de dos años.

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