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EN CONTRA DE LO QUE DICE LA NORMATIVA

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14/05/2018

Polémico: dio positivo en alcoholemia, pero el juez de Faltas le entregó el carnet de conducir

Polémico: dio positivo en alcoholemia, pero el juez de Faltas le entregó el carnet de conducir
Polémico: dio positivo en alcoholemia, pero el juez de Faltas le entregó el carnet de conducir

Gustavo Contín ordenó que se le devolviera el carnet a un joven que había dado positivo en un control de alcoholemia. Según la normativa vigente, por ser una “falta grave” tenía que volver a rendir el examen teórico y práctico.

La entrega de una licencia de conducir a un joven que dio positivo en alcoholemia, generó un fuerte cortocircuito entre el juez de Faltas y el área de Tránsito de la Municipalidad.

El caso en cuestión refiere a un expediente de este año que terminó por resolverse hace tan solo algunos días, momento en el que el abogado del infractor se presentó con la fuerza pública para quedarse con el carnet.

La polémica se desató cuando el juez administrativo de Faltas, Gustavo Contín, decidió omitir lo dictado por la Resolución 8-I-2018, que prohíbe la entrega de la licencia retenida por alcoholemia positiva, si previamente no se rinde nuevamente el examen teórico y práctico de conducir.

Tomando a la Ley Nacional de Tránsito (24.449) como antecedente, el personal de Tránsito clasificó la conducción en estado de ebriedad como “falta grave”. De hecho, esa misma normativa es la que dicta que, ante estos casos, el infractor tiene que revalidar los exámenes psicofísicos.

Pero Contín, según documentación a la que tuvo acceso El Cordillerano, evaluó que el joven había cumplido con la sanción impuesta: una multa de 28.000 pesos y una inhabilitación a conducir por 40 días. Si bien la graduación alcohólica del infractor no fue expuesta en el texto de Contín, el monto de la multa remite al texto de la ordenanza Fiscal y Tarifaria, por lo que se concluye que manejaba con una graduación alcohólica entre 0,76 g/l a 1,00 g/l.

En su escrito, Contín explicó que fue notificado por el director de Tránsito y Transporte, sobre la existencia de la resolución de Intendencia, el articulado de la Ley Nacional de Tránsito y la ordenanza municipal correspondiente.

No obstante, el juez municipal tomó la sentencia original y fue tajante al decir que “las sanciones impuestas por los jueces de Faltas, en ejercicio de sus facultades jurisdiccionales, deben ser cumplidas tanto por el imputado, como por la Administración Pública Municipal”.

La nota firmada por Contín llegó a Tránsito en tiempo récord. El infractor se había presentado a las 11.45 del pasado jueves y, en tan solo dos horas, la nota ingresó a la dependencia municipal para notificar al director de Tránsito de lo resuelto.

El joven infractor envió a su abogado, quien acudió junto a la fuerza pública a las oficinas municipales y logró recuperar su carnet, justo antes del fin de semana. Mientras que el juez de Faltas sentó un grave precedente para los casos de alcoholemia positiva, en una ciudad en la que conductores alcoholizados han dejado muchas víctimas en el camino.

Cuánto se abona por las infracciones

Según la ordenanza Fiscal y Tarifaria que fue actualizada hace algunos meses, conducir en estado de alcoholemia positiva da lugar a la retención del carnet del conductor, a la inhabilitación para conducir vehículos, además del pago de la multa cuyos valores varían de acuerdo a una escala que se determina por la graduación de alcohol en litro de sangre.

Cuando se infraccione a un conductor con una graduación 0,51 g/l a 0,60 g/l, la sanción es de 15 días de inhabilitación para conducir y una multa de $11.900. Para una graduación de entre 0,61 g/l a 0,75 g/l, la inhabilitación es de 30 días y se deben abonar $15.700. Si el conductor presenta una graduación entre 0,76 g/l a 1,00 g/l, se retiene el carnet de conducir 40 días y se aplica una multa de $28.100. Mientras que para la graduación de 1,01 g/l a 1,75 g/l, la inhabilitación para conducir es por 45 días y el valor de la infracción es de $42.100. Finalmente, quienes manejen con una graduación superior a 1,76 g/l, deben ser inhabilitados para conducir por 120 días y pagarán una multa de $52.700.

Ante la negativa a realizar el control de alcoholemia se establece la retención del carnet del conductor con inhabilitación por 120 días y una multa de $79.050.

 

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