22/12/2017

Prisión perpetua para Maximiliano Báscur y Aníbal Chávez Aguilar

- POR EL ALEVOSO HOMICIDIO DE MIGUEL GARNICA - Los jueces Rubén Marigo, Romina Martini y Jorge Serra condenaron a prisión perpetua a Maximiliano Bascur y Aníbal Chávez Aguilar como coautores del delito de homicidio calificado por alevosía contra Miguel Garnica. A Teresita Aguilar Leuquen le impusieron doce años como partícipe secundaria en el hecho, ya que colaboró para procurar que los autores del hecho no fueran descubiertos.

Prisión perpetua para Maximiliano Báscur y Aníbal Chávez Aguilar

Aníbal Segundo Chávez Aguilar (29), su madre Teresita del Tránsito Aguilar Leuquen (50) y Claudio Maximiliano Bascur (28) fueron considerados culpables, cada uno tomando participación en un parte del horrendo crimen de Miguel Garnica.

En otras etapas del mismo trámite judicial, ya habían sido condenados en dos juicios abreviados Paul Chávez Aguilar y un menor de edad. Al primero le impusieron diez años de prisión y al segundo lo declararon responsable, disponiendo que continúe un tratamiento de acuerdo al régimen de minoridad, para evaluar en un futuro, si corresponde la aplicación de una pena de prisión.

El hecho investigado ocurrió entre las 19 horas del 29 de enero de 2015 y la mañana del 30 de enero de 2015, cuando Miguel Alejandro Garnica acompañado por Maximiliano Bascur, arribó al domicilio sito en calle Michay 645 del barrio Eva Perón de esta ciudad, donde habita la familia Chávez Aguilar.

En esas circunstancias, Paul Chavez Aguilar tomó a Garnica del cuello y lo hizo ingresar al predio. Se encontraban para entonces dentro del terreno Aníbal Chavez Aguilar, Teresita del Tránsito Aguilar Leuquen entre otros familiares y conocidos, incluso menores de edad.

Las personas nombradas, en convergencia intencional y acuerdo de voluntades, en la creencia de que Miguel Alejandro Garnica había participado en la agresión armada que se cometió en fecha 15 de septiembre del año 2014 en contra de Segundo Eduvino Aguilar Leuquén (hermano de Teresita), retuvieron a Garnica y en venganza de tal sospecha lo mataron.

Maximiliano Bascur golpeó a Garnica con una pala desde atrás posiblemente en la cabeza y cuando la víctima estaba en el piso, tanto Bascur como Paul y Aníbal Chávez Aguilar, para consumar el objetivo que tenía el grupo familiar, dispararon armas de fuego en contra de la víctima en tres oportunidades. Garnica para entonces se encontraba en total estado de indefensión.

Una de las armas utilizadas era calibre 38. Un disparo ingresó en el brazo derecho de Garnica, otro en el tórax a nivel de 5° y 6° espacio intercostal izquierdo y otro en la cabeza que produjeron el deceso de la víctima.

Teresita Aguilar Leuquen, mientras esto ocurría, alentaba a los autores materiales y además recomendaba hacer desaparecer el cadáver. En esas circunstancias Teresita Tránsito Leuquen les indicó a sus hijos (Anibal y Paul) que ocultaran el cadáver en la letrina familiar ubicada en el predio, pues allí nadie los encontraría. Además personalmente Teresita asumió la función de "campana" pues permanentemente vigiló el tránsito de la calle en miras a evitar ser descubiertos por la policía.

Luego los imputados ataron el cadáver de Garnica con un cable coaxil, lo envolvieron en las bolsas de nylon que habían adquirido en la despensa de la esquina y utilizaron también cinta de embalar.

Posteriormente, los imputados, con la colaboración de Víctor Teckas -quien también estuvo presente y había llevado palas al domicilio en miras de lo que iba a ocurrir-, destruyeron y quemaron la parte externa de la letrina, cavaron en la misma e introdujeron allí el cadáver de Garnica al cual cubrieron con cemento fresco, luego agregaron basura y finalmente taparon el lugar con tierra.

La jueza Romina Martini tuvo el primer voto del fallo y consideró que “Analizada la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica racional se ha acreditado sin ambages que el suceso ocurrió efectivamente en el predio de la familia Chávez y tras el repaso de varios testimonios aseveró que “Tampoco cabe duda de que al menos dos de los disparos (el de la cabeza y el del tórax) fueron efectuados desde arriba por la trayectoria del canal hacia abajo, con la víctima de rodillas o acostada”. A su posición adhirieron Marigo y Serra, resumiendo que “Conforme las porciones fácticas acreditadas, concluimos que Maximiliano Bascur, Aníbal Chávez Aguilar y el ya condenado Paul Chávez Aguilar llevaron a cabo el suceso en calidad de coautores. Cada uno tuvo participación en una porción de la ejecución del acontecimiento” y siguieron “Por su parte la conducta que Teresita Aguilar Leuquen desplegó conforme a la prueba del juicio se trata de una cooperación – siendo una de las titulares del predio alentó durante la ejecución del hecho, se acreditó su presencia física en el lugar durante su desarrollo, además iba y venía controlando que los autores no fueran descubiertos-. Colaboración que aún sin ella el delito pudo haberse cometido, por lo cual entendemos que nos encontramos ante un supuesto de participación secundaria”.

La versión de un autor único

“La confesión de Aníbal Segundo Chávez Aguilar quien se asumió como único autor del suceso, se contrapone con la prueba producida en juicio que evidencia también la presencia y participación en calidad de coautores en la comisión del hecho de Maximiliano Bascur y de su hermano Paul, y de partícipe secundaria su madre. Asimismo, ninguna prueba acreditó la posibilidad de que el suceso se motivara en el ejercicio legítimo de defensa”.

La calificación legal

“Entendemos que el obrar de Aníbal Chávez Aguilar y Maximiliano Bascur cuadra en la figura penal prevista en el artículo 80 inciso 2 del Código Penal por haber sido cometido con alevosía. Consideramos que se trató de un acometimiento a traición sobre la persona de Garnica quien se encontraba voluntariamente en el lugar del hecho y en plena reunión de “amigos” bebiendo en ronda. Luego de generar un ataque verbal hacia su persona fue sorprendido y reducido por los hermanos Chávez, trasladado al interior de la casa de madera y puesto en estado de indefensión mediante un golpe en su cabeza desde atrás, un golpe cobarde efectuado mientras los hermanos aún sostenían sus brazos”.

Continuaron los jueces “Esta situación dejó a la víctima en total estado de indefensión que fue aprovechado por los autores -Anibal Chávez Aguilar, Maximiliano Bascur y Paul Chávez Aguilar- para luego del transcurso de varias horas en las cuales retuvieron al joven en ese estado, dispararan en tres ocasiones causándole la muerte, sin riesgos para ellos. Uno de los disparos, también, fue efectuado desde atrás”.

En esa línea la única pena posible para los acusados, tal lo establecido en el Código Penal, es de prisión perpetua, que “no se traduce en privación de la libertad de por vida” pues expresamente el mismo código “prevé la posibilidad de acceder a la libertad condicional cumplidos los 35 años de prisión”, sostuvieron los jueces.

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Sin los acusados en la sala

Tras la lectura de sentencia los familiares de la víctima manifestaron su enojo con la sentencia que no condenó a prisión perpetua a Teresita Aguilar Leuquen, a tono con lo expresado por su abogado Alejandro Pschunder quien expresó “Esperábamos la misma pena”.

Cristina Lepin, madre de Garnica, agregó “Ella tuvo mucha participación en la muerte de mi hijo, se hizo justicia en parte”, aunque recordó que llegaron a juicio “con miedo de que estos asesinos queden en la calle. Queríamos que el juicio empiece porque sino estos iban a salir en libertad”.

Se refirieron también a la ausencia de los acusados en la audiencia de lectura de sentencia, señalando que “Son cobardes y traicioneros. No vinieron a dar la cara y recibir la sentencia”.

Finalmente, agradecieron a la fiscal Betiana Cendón y todo su equipo de trabajo.

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