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28/10/2026

El Gobierno suspendió el pago de las pensiones por invalidez y puso bajo revisión más de 20 mil casos

Las personas notificadas tendrán 60 días corridos para presentar documentación y pedir la rehabilitación del beneficio.

Una nueva decisión gubernamental ha puesto en vilo a más de 20,000 personas que reciben pensiones por invalidez laboral. Recientemente, el Gobierno ha procedido a anular la resolución previa que reinstauraba el pago de estas pensiones, solicitando ahora una evaluación detallada para determinar quiénes podrán seguir recibiendo este beneficio. Tal determinación se materializó a través de la Resolución 3695/2026, la cual fue firmada por Diego Masaragian, el Secretario Nacional de Discapacidad. 

Inicialmente, la Resolución 13.901/2025 había permitido a los afectados continuar recibiendo sus pensiones tras suspensiones impuestas por auditorías previas. Sin embargo, con esta nueva acción, la Secretaría Nacional de Discapacidad se abocará a revisar los expedientes, asegurándose de que cada titular cumpla con las condiciones requeridas para seguir beneficiándose de este apoyo económico. 

Las personas alcanzadas deberán iniciar un trámite de rehabilitación dentro de los 60 días corridos posteriores a la recepción de la notificación individual. Para respaldar su reclamo, tendrán que acreditar su supervivencia, actualizar sus datos personales y presentar documentación que demuestre que mantienen las condiciones que justificaron la pensión.

Entre los documentos posibles figuran certificados médicos actualizados y antecedentes relevantes. Los beneficiarios podrán entregar los papeles en oficinas de ANSES, dependencias habilitadas de la Secretaría, el formulario digital del Ministerio de Salud o la plataforma Trámites a Distancia. También podrán enviarlos por correo electrónico a [email protected].

La presentación iniciará el análisis administrativo, pero no garantizará la restitución automática del pago. La decisión dependerá de la evaluación de cada expediente.

Las pensiones no contributivas se rigen por la Ley 13.478 y el Decreto 432/97. Están destinadas a personas sin recursos suficientes, sin cobertura previsional y con imposibilidad de trabajar. Para quienes figuran en la resolución, la documentación y el cumplimiento de los requisitos definirán si pueden recuperar la prestación.

 

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