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13/10/2026

Lo despidieron por WhatsApp y la Justicia de Bariloche ordenó pagarle más de $21 millones

La Cámara del Trabajo de Bariloche consideró que no se acreditó formalmente el despido y reconoció diferencias salariales e indemnizaciones.
Recibió un mensaje en el que le indicaron que no se presentara a trabajar al día siguiente. Foto ilustrativa.
Recibió un mensaje en el que le indicaron que no se presentara a trabajar al día siguiente. Foto ilustrativa.

Un trabajador que se desempeñaba como repositor de productos en supermercados recibió un mensaje a través de la aplicación de mensajería en el que le indicaron que no se presentara a trabajar. La empresa argumentó que el contrato había vencido, pero la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche consideró que no había pruebas suficientes para justificar esa modalidad de contratación y condenó a la empleadora a pagarle $21,3 millones.

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El trabajador había ingresado a la empresa en abril de 2024 y realizaba tareas de reposición de mercadería en supermercados y comercios de Bariloche. Según su reclamo, cumplía jornadas de entre siete y siete horas y media, aunque estaba registrado como empleado de tiempo parcial y cobraba un salario proporcional a una jornada reducida.

El conflicto se produjo en julio de 2025, cuando recibió un mensaje de WhatsApp en el que le indicaron que no se presentara a trabajar al día siguiente. La empresa sostuvo que la relación laboral había finalizado por el vencimiento de un contrato a plazo fijo.

El trabajador rechazó esa explicación e intimó a la empleadora para que aclarara su situación laboral, le asignara tareas y regularizara las diferencias salariales que reclamaba. Ante la falta de una respuesta que considerara satisfactoria, en septiembre de 2025 se dio por despedido.

La Justicia cuestionó la contratación y las diferencias salariales

Al analizar el caso, la Cámara Primera del Trabajo concluyó que la empresa no había acreditado que la relación laboral estuviera sujeta a un contrato a plazo fijo. Tampoco presentó documentación suficiente para demostrar que el trabajador cumplía una jornada parcial.

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Además, los jueces consideraron que correspondía calcular su remuneración como trabajador de jornada completa. Además, reconocieron el derecho a cobrar el adicional por zona desfavorable del 20%, previsto para los empleados de comercio en Bariloche.

La sentencia también tuvo en cuenta que la empresa no había demostrado haber notificado formalmente la finalización del vínculo laboral por vencimiento del contrato ni haber respondido las intimaciones del trabajador.

En esas condiciones, el tribunal consideró justificado el despido indirecto, es decir, la decisión del empleado de dar por terminada la relación laboral ante los incumplimientos que atribuyó a la empleadora.

Una condena de más de $21 millones

La Cámara condenó a la empresa a pagar $21.306.217,78, con intereses hasta el momento en que se concrete el pago.

La suma incluye diferencias salariales, haberes adeudados e indemnizaciones por antigüedad, falta de preaviso, integración del mes de despido y vacaciones no gozadas, entre otros conceptos.

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Además, ordenó a la empleadora rectificar los registros laborales, integrar los aportes y contribuciones correspondientes y entregar los certificados de trabajo.

La sentencia puso las costas del proceso a cargo de la empresa.

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