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REGULACIÓN

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02/05/2026

Cambios en los pagos digitales: nueva norma del BCRA que afecta a las fintech

El BCRA actualizó la norma sobre proveedores de servicios de pago que busca controlar, supervisar, y mantenimiento el registro.

Recientemente, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha introducido una reglamentación que busca poner fin a las zonas grises en la regulación de las fintech dedicadas a los pagos digitales. Esta nueva norma representa un intento significativo de establecer mayor transparencia y claridad en los acuerdos entre las fintech y las aplicaciones de terceros, asignando responsabilidades precisas respecto a los fondos de los usuarios y asegurando condiciones de estabilidad técnica en el sistema.

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Para lograr estos avances, el BCRA ha implementado la figura del 'PSPCP como Servicio' (Proveedor de Servicios de Pago como Servicio), lo que significa que, por primera vez, se incorporan formalmente a la normativa aquellos que ofrecen cuentas de pago a través de terceros. Este paso implica que los clientes de las aplicaciones no sean únicamente considerados como usuarios de estas, sino como clientes de los proveedores de servicios de pago que facilitan dichas cuentas. Garantizar que las relaciones indirectas mantengan los mismos estándares de calidad y seguridad que las ofertas directas es un enfoque crucial de este marco normativo.

El cambio más notorio dentro de esta normatividad lo constituyen las nuevas obligaciones de información que se imponen a los PSPs. Ahora, estas entidades deberán declarar al BCRA información que antes no era requerida, como la identificación del banco patrocinante y, en caso de operar como PSPCP como Servicio, entregar una lista de las entidades habilitadas ante la autoridad regulatoria.

Quizás uno de los aspectos más inovadores de este reglamento, es la extensión del plazo para comenzar operaciones de los nuevos proveedores que se inscriban, el cual ha pasado a ser de 12 meses. Esto reconoce la creciente complejidad técnica que implica la integración de diferentes actores dentro del sistema de pagos, proporcionando un mayor margen temporal para consolidar estas adaptaciones tecnológicas.

Además, la normativa ha ampliado las causales bajo las cuales el BCRA tiene la potestad de tramitar la baja de un proveedor de servicio de pago. A las causales preexistentes se suman cuatro escenarios adicionales en los cuales se puede proceder a la suspensión de actividades por iniciativa propia del Banco Central, salvaguardando así la seguridad del entorno financiero digital.

Finalmente, los PSPs ya registrados cuentan con un plazo de 90 días corridos para realizar las adecuaciones pertinentes a esta nueva normativa, en la cual se establece claramente el potencial impacto directo sobre la estructura operativa y las estrategias de los sectores de pagos digitales en el país.