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16/03/2026

La ANMAT prohibió brillos labiales infantiles, tratamientos capilares y un medicamento

Los artículos implican "un riesgo para la población".

Mediante una serie de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, Administración Nacional de Alimentos y Medicamentos (ANMAT) ha extendido sus restricciones a una variedad de productos que abarcan desde cosméticos infantiles hasta tratamientos para el cabello, reflejando una preocupación creciente por la salud y seguridad de los consumidores. 

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En la disposición 1338/26, ANMAT detalla la prohibición total del uso, distribución y promoción de varios productos cosméticos que infringen las normativas de registro sanitario. Destacan entre ellos brillos y lápices labiales diseñados para niños bajo populares marcas como “Miss Betty”, “Labubu lips gloss” de Pola Ayir, y “HeL 79” de Magic. Estos productos, en su mayoría con aplicadores prácticos, fueron retirados del mercado al no contar con la certificación necesaria para su comercialización segura. La falta de registro en la base de datos oficial suscitó una preocupación sobre sus ingredientes, usos y posibles riesgos para la población, siendo el motivo principal de su censura por parte de las autoridades sanitarias.

El origen de estas restricciones se remonta a medidas de control realizadas en diferentes tiendas de la Ciudad de Buenos Aires, llevadas a cabo por el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal. Las inspecciones revelaron la ausencia de registros formales y consiguientemente, se generó incertidumbre acerca de las propiedades de los cosméticos involucrados. No se conoce si estos productos aseguran la calidad ni la seguridad necesarias para ser consumidos por personas, especialmente niños, lo que despertó las alarmas en el organismo regulador.

ANMAT, en apoyo de sus medidas protectoras, expresó que es imprescindible salvaguardar la integridad y salud de los consumidores, particularmente los más jóvenes. Se sostiene que, ante la incapacidad de verificar el origen y proceder de producción de estos cosméticos, resulta ineludible prohibir su venta para prevenir potenciales efectos adversos en quienes opten por utilizarlos sin conocimiento de los verdaderos riesgos.

Paralelamente, dentro de esta serie de precauciones y resguardos, la disposición 1390/26 amplió sus restricciones al ámbito de productos para el cuidado del cabello. Se dirigió contra una gama de artículos comercializados bajo la marca “Emilse alisados”. Estos se encontraban distribuidos en plataformas de compra online careciendo nuevamente de las autorizaciones necesarias para su venta. Los productos en cuestión, destinados a alisar cabellos, fueron señalados por ANMAT por el uso probable de formol. Esta sustancia no autorizada en productos cosméticos, al ser implementada para alisados, podría desencadenar vapores perjudiciales que afectarían tanto a usuarios como aplicadores por igual. Su presencia representa un riesgo importante que el organismo considera inadmisible.

Por último, la disposición 1389/2026 también apuntó a un campo diferente: el de los medicamentos. Un producto llamado Puna Cap, presentado como tratamiento para el mal de altura, figuró en la lista de sancionados. La falta de transparencia y certificados de eficacia para este medicamento subrayaron la importancia de que todas las soluciones farmacéuticas en el mercado posean los debidos controles para asegurar la salud pública.

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