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05/12/2025

El intendente vetó la ordenanza que regulaba las aplicaciones de transporte

Argumentó que la norma incluía restricciones excesivas y creaba registros sin funcionamiento definido.
Con el veto parcial ya firmado la ordenanza regresa al Concejo Municipal / Foto de archivo Facu Pardo
Con el veto parcial ya firmado la ordenanza regresa al Concejo Municipal / Foto de archivo Facu Pardo

El intendente de Bariloche vetó parcialmente la ordenanza que pretendía regular el servicio de transporte privado de pasajeros “punto a punto”, es decir, los viajes contratados por aplicaciones digitales. La medida quedó formalizada en la Resolución Nº 2971-I-2025.

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La ordenanza había sido aprobada por el Concejo Municipal con la intención de ordenar una actividad que hoy no tiene un marco específico dentro del ejido. Sin embargo, al analizarla en detalle, la máxima autoridad política de la ciudad concluyó que varios de sus artículos se exceden en las facultades municipales, duplican normas ya vigentes o presentan vacíos que impedirían aplicarlos con claridad.

Por qué se vetó

El veto alcanza una larga lista de artículos —entre ellos el 6, el 8, del 10 al 21 y también el 25 y 26— y el Ejecutivo explicó punto por punto los motivos. Entre los principales:

  • Requisitos duplicados: El artículo 6 vuelve a exigir condiciones que ya están previstas en otro marco normativo municipal. Según el Ejecutivo, repetirlas solo genera confusión.
  • Órganos sin estructura: Varios artículos crean registros y comisiones, pero sin aclarar quiénes los integran, cómo funcionan o con qué presupuesto operarían.
  • REVECOOP sin bases claras: El registro que la ordenanza propone crear no tiene definidos sus procedimientos ni su dependencia dentro del Municipio.
  • Restricciones excesivas: Se plantean límites para los vehículos y hasta un cupo máximo de 280 inscriptos, sin estudios que lo justifiquen.
  • Afectación al derecho a trabajar: Algunas exigencias se consideran injustificadas y podrían dejar afuera a personas que hoy podrían prestar el servicio sin problemas.
  • Sanciones desmedidas: Los artículos 25 y 26 prevén penalidades tan fuertes que, según la resolución, se parecen más a una confiscación que a una multa administrativa.

Qué pasa ahora

Con el veto parcial ya firmado, la ordenanza regresa al Concejo Municipal, que deberá decidir si insiste con la versión original o si introduce modificaciones. La resolución fue refrendada por la Secretaría Legal y Técnica y enviada al Registro Oficial para su publicación.

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