Publicidad
 
04/07/2025

Un caballo le fracturó la mano mientras trabajaba y la Justicia le reconoció la incapacidad laboral

La Cámara del Trabajo hizo lugar al reclamo del peón, tras confirmar que la lesión le dejó una limitación funcional permanente. La pericia oficial vinculó directamente el accidente con la incapacidad.
Un fallo sobre un conflicto en el área rural de la ciudad / Foto archivo Facu Pardo
Un fallo sobre un conflicto en el área rural de la ciudad / Foto archivo Facu Pardo

Un peón rural sufrió una doble fractura en su mano derecha mientras ensillaba un caballo en una estancia ubicada a unos 75 kilómetros de Bariloche. La patada del animal le provocó una lesión grave: inflamación severa, inmovilización y una pérdida significativa de fuerza y precisión, que le impidió volver a sus tareas habituales.

Lee también: Imputan a un hombre por un robo agravado en un local comercial en Bariloche

Tras recibir atención médica, el trabajador inició una demanda contra La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Aunque el accidente había sido reconocido, denunció que la aseguradora le otorgó el alta sin contemplar las secuelas. La Comisión Médica le asignó un grado bajo de incapacidad, pero el peón sostuvo que sus limitaciones eran permanentes y le impedían trabajar con normalidad.

La Cámara del Trabajo hizo lugar al reclamo y ordenó una indemnización. Una pericia oficial, elaborada por una médica forense, determinó que el hombre tenía una limitación funcional clara en el movimiento del pulgar, directamente vinculada al accidente. El informe descartó que se tratara de una lesión preexistente y fue respaldado con estudios clínicos, antecedentes y evaluación física.

La ART objetó la pericia, alegando que no se habían presentado nuevos estudios y que el alta médica cerraba el debate. Sin embargo, el tribunal rechazó ese planteo y sostuvo que la impugnación no era suficiente para desestimar una pericia técnica bien fundamentada.

En la audiencia médica, la forense explicó que el cuadro era “compatible con el tipo de traumatismo provocado por una patada de caballo” y que se aplicaron los criterios oficiales para establecer la incapacidad laboral. También se realizó una evaluación psicológica, que descartó secuelas emocionales o cognitivas derivadas del hecho.

Durante el juicio se analizaron las atenciones médicas recibidas, documentación de la ART y dictámenes de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. La intervención judicial permitió revisar esas evaluaciones y establecer el verdadero alcance de la lesión. La sentencia aún no está firme y puede ser apelada.

¿Que opinión tenés sobre esta nota?