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28/01/2025

Acosó a una mujer, pero cumplió pautas de conducta y fue sobreseído

Una solución final para un caso complejo.
Una decisión que involucra a una familia barilochense. / Foto Facu Pardo
Una decisión que involucra a una familia barilochense. / Foto Facu Pardo

El juez Juan Pablo Laurence decretó el sobreseimiento definitivo de un sujeto que enfrentó un proceso judicial luego de ser acusado por abuso sexual. Había acosado a una mujer durante años y le atribuyeron un hecho de manoseos: cumplió las pautas de conducta y logró evitar la prisión.

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La decisión final del magistrado obedeció al pedido coincidente del fiscal Guillermo Lista y la defensora oficial Yamile Saidt, quienes peticionaron el sobreseimiento final del acusado tras haberse cumplimentado el periodo de tiempo establecido para el cumplimiento de las pautas de conducta que le impusieron al sujeto.

De acuerdo a la acusación que motivó el procedimiento judicial, el hecho había ocurrido el 11 de marzo de 2022 en horas de la tarde noche, en la vía pública, cuando la víctima caminaba junto a su hijo menor de edad y el acusado comenzó a seguirla y a hablarle al niño.

La mujer sintió miedo porque hacía más de un año que era víctima de acoso por parte del acusado, por lo que le solicitó insistentemente que se retirara del lugar, lo que el agresor pareció acatar. No obstante, volvió sobre sus pasos y tocó las partes íntimas de la mujer, balbuceando comentarios de índole sexual.

El hecho descripto fue encuadrado en la figura de abuso sexual simple, siendo el acusado imputado en carácter de autor. Sin embargo, apenas avanzó la investigación penal preparatoria, las partes acordaron aplicar al caso una suspensión del juicio a preba, dando al acusado la posibilidad de eludir un juicio oral.

Así, tras los dos años que se fijaron de plazo, se verificó que el acusado cumplió acabadamente con las pautas propuestas, abonando una compensación económica a la víctima, realizando un tratamiento psicológico y un curso sobre temáticas de género, así como haber cesado el hostigamiento que dispensaba a la víctima.

En consecuencia el magistrado resolvió “hacer lugar a lo peticionado por la defensa y fiscalía, por considerar el planteo debida y legalmente fundado en cuanto a las circunstancias de hechos y de derecho invocadas” y resolvió “declarar extinguida la acción penal publica en relación al hecho por el que se tuvieron por formulados los cargos, constitutivo del delito de abuso sexual simple, que se le atribuyó en carácter de autor al Sr. M. M. C., por el cumplimiento de las reglas de conductas impuestas durante el período fijado para la suspensión del juicio a prueba concedido en favor del nombrado y en consecuencia dictar su sobreseimiento, dejando constancia que la sustanciación del presente proceso no afectó el buen nombre y honor del que hubiere gozado con anterioridad al mismo”.

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