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“LAS CRÍTICAS NO ERAN INFUNDADAS”

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15/12/2023

Obligan al Municipio a brindar información sobre obras a la asociación ambientalista Árbol de Pie

Obligan al Municipio a brindar información sobre obras a la asociación ambientalista Árbol de Pie
Obligan al Municipio a brindar información sobre obras a la asociación ambientalista Árbol de Pie

“En una de sus últimas declaraciones, Gennuso declaró que ciertas críticas a su gestión eran infundadas”, inició un comunicado de la organización Árbol de Pie, en relación a una acción de Mandamus que intentaron ante la Justicia provincial, que arrojó un resultado favorable a la pretensión de acceder a información pública, en relación a obras que se desarrollaron en la ciudad.

“Nosotros esperamos hasta contar con la Resolución del Superior Tribunal de Justicia en nuestro Mandamus por negativa de acceso a la información, para poder demostrar, como siempre, con la prueba en la mano que, al menos de nuestra parte, las críticas a su gestión prepotente, de negativa de acceso a la información pública y de violación del derecho de participación ciudadana, no eran infundadas”, dispararon desde la organización a través de un comunicado de prensa.

“Sus funcionarios políticos actuaron acordes a su actitud, mintiendo, ocultando expedientes, negando la existencia de aprobaciones, faltando a sus obligaciones y desobedeciendo la Ordenanza 2554-CM-2014 de Ética del Funcionario Municipal”, agregaron.

“Es más, según parece, se habría prolongado el contrato a alguien consustanciado con sus directivas, por seis meses más, en un puesto sensible de Obras Particulares”, dispararon al tiempo que agregaron: “Un párrafo también para la ex-asesora letrada que, en su respuesta, suministró información falsa al Tribunal, en un lamentable intento de confundir, perder tiempo y descalificarnos como actores del Mandamus”.

Árbol de Pie apeló a que “la Resolución le llega al nuevo intendente (por Walter Cortés), que seguramente instruirá a sus funcionarios para que, en el futuro, no sea necesario recurrir nuevamente a los jueces para que se respeten tanto la Ordenanza 3342-CM-22 o la que la reemplace en el futuro, como toda otra legislación superior”.

El comunicado de la organización ambientalista, concluyó con la copia textual de la resolución del STJ:

“VIEDMA, 13 de diciembre de 2023. VISTO:... CONSIDERANDO:... Por ello: EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA RESUELVE: Primero: Declarar que la acción interpuesta el 06-10-2023 constituye un mandamiento de ejecución, en los términos del art. 44 de la Constitución Provincial, de competencia del Superior Tribunal de Justicia en virtud de lo dispuesto en el art. 40 inc. e) de la Ley K 5190. Segundo: Hacer lugar a la acción de mandamus interpuesta por Ana Wieman y Juan José Paternó -Secretaria y Presidente de la Asociación Civil Árbol de Pie- y, en consecuencia, ordenar a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche brindar la información solicitada por los accionantes. Con costas a la vencida (art. 68 del CPCC). Tercero: Regular los honorarios profesionales del letrado Facundo Jesús Molinari. Cuarto: Oficiar, notificar en conformidad con lo dispuesto en el art. 9 inc. a) del Anexo I de la Acordada N° 36/22 -STJ- y, oportunamente, archivar". Fdo.: Ricardo A. Apcarian -Juez-, Cecilia Criado -Jueza-, Sergio G. Ceci -Juez- Sergio M. Barotto -Juez-, Liliana L. Piccinini -Jueza-, Ana J. Buzzeo -Secretaria- STJ. Se adjunta copia de la Sentencia N° 153/23 STJ”.

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