RECURSO DE AMPARO PARA LOGRAR AMPLIA PARTICIPACIÓN

| 28/11/2023

Opositores impugnados piden suspensión o corrimiento de elecciones en la CEB por irregularidades

Opositores impugnados piden suspensión o corrimiento de elecciones en la CEB por irregularidades

Las listas opositoras al oficialismo de la Cooperativa de Electricidad Bariloche (CEB), que sufrieron impugnaciones de candidatos presentaron un escrito en sede judicial para promover un recurso de amparo. Consideran los representantes de las listas Roja, Magenta y Azul que existieron “arbitrariedades manifiestas de la Junta Electoral de la Cooperativa en violación del proceso eleccionario” dispuesto para el próximo 2 de diciembre con “incumplimiento de deberes en funciones cooperativas”. La Junta Electoral fue conformada solo por el oficialismo que responde a Carlos Aristegui, sin participación de opositores y éstos últimos consideran que en la Lista Blanca, tanto el presidente como Samanta Echenique detentan una incompetencia manifiesta para el ejercicio de cargos dentro de una Junta Electoral”, siendo “juez y parte” según consejero ‘rojo’. La Justicia tiene 48 a 72 horas para la determinación del recurso solicitado y los mandantes hacen reserva de acudir a la Justicia Federal. 


El pedido a la Justicia tiene como objeto, en tiempo legal y forma procesal, promover acción amparo en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional y artículos concordantes de los Instrumentos Internacionales sobre Derechos Humanos. Se solicita “hacer cumplir el Reglamento Electoral que indica la conformación de la Junta Electoral lo cual ha sido violado atento incompatibilidades manifiestas y falta de conformación adecuada según la norma como asimismo por violación consecuente del proceso electoral completo”.

Aclara en el escrito que el artículo 20 del Reglamento Electoral expresamente dice: La Junta Electoral estará conformada por el presidente del Consejo de Administración o quien lo reemplace, dos asociados designados por el Consejo de Administración y un apoderado de cada una de las listas o colores oficializados, si los hubiere.

La CEB se compone de asociados (57.392 que fueron empadronados al 3 de agosto 2023) y -refieren- “con la violación al proceso electoral que se denuncia en el presente amparo se ha descalificado e impugnado arbitrariamente y dejado fuera del ámbito participativo cooperativista al 25% de candidatos de cada lista de la oposición (Lista Azul, Magenta y Roja) ello es el 75% de los candidatos del total de las planillas eleccionarias presentadas. Siendo que una lista se compone por 111 candidatos su 25% es 28 candidatos impugnados por cada lista, ello es 84 candidatos impedidos de participar comparable a una lista completa”.

Solicitan los apoderados de las listas opositoras “declarar nula la conformación de la Junta Electoral actual vigente atento incompatibilidades manifiestas, declarándola ilegítima por su incumplimiento en conformación, arbitrariedad manifiesta e incompetencia por superposición de funciones con interés manifiesto”.

Además, el punto del escrito presentado solicita específicamente se ordene en forma urgente la nulidad del Acto Administrativo emanado de la actual Junta Electoral de la CEB con fecha 24 de noviembre de 2023 en el proceso eleccionario cuya fecha de elecciones es el 2 de diciembre 2023” y agregan: “solicitar se ordene conformar en forma urgente una nueva Junta Electoral en respeto del artículo 20 del Reglamento Electoral cuya copia se adjunta, respetando la pluralidad partidaria que no se ha respetado en la presente”.

Asimismo, se pide la revisión de todos los asociados impugnados que a la fecha han quedado fuera, consejeros y síndicos de las Listas Magenta y Azul, Distritos afectados de la Lista Roja y toda persona impugnada con afectación de demás distritos en las diferentes Listas. 

Los apoderados de las tres listas son Sonia Gutkin (Magenta), Beatriz Oñate (Azul) y Laura Alves (Roja) y en la nota se menciona que con la medida cautelar de ‘no innovar’ se ordene la suspensión del proceso eleccionario y/o corrimiento de fecha de ser necesario al efecto inmediato y necesario de normalizar la situación ut supra indicada de incompatibilidad de los miembros de la Junta Electoral de la CEB y revisión de los impedimentos arbitrarios de la CEB  como asimismo toda violación al proceso eleccionario. 

El escrito presenta pruebas y relata hechos como que “el señor José Luis Poggi (integrante de la Junta Electoral), también integrante de la Lista Blanca en ejercicio del poder y funciones dentro de la misma, como asimismo su esposa es consejera actual con vencimiento de mandato y presenta nueva candidatura en las venideras elecciones, tiene un interés indiscutible en la renovación de la consejería de su esposa, por ello es incompatible totalmente por su relación de esposo el hecho de estar dentro de la Junta Electoral con derecho a impugnación de las contraparte que le afecta a su cónyuge como asimismo por ser parte de la Lista Blanca en las próximas elecciones”.

 

 

 

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