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18/11/2023

¿Puedo votar en el balotaje si no lo hice en las elecciones generales?

¿Puedo votar en el balotaje si no lo hice en las elecciones generales?
¿Puedo votar en el balotaje si no lo hice en las elecciones generales?

A medida que se acerca la fecha del balotaje en Argentina, es esencial recordar que aquellos ciudadanos que no hayan ejercido su derecho al voto en las elecciones generales y que figuren en el padrón electoral tienen tanto el derecho como la obligación de votar en la segunda vuelta que se celebrará el 19 de noviembre. Sin embargo, es crucial seguir un procedimiento específico para evitar ser inscrito en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.

Quienes no hayan participado en las elecciones generales, pero estén habilitados para votar en el balotaje, deben presentar una justificación por su inasistencia ante la Secretaría Electoral correspondiente dentro de los 60 días posteriores a la elección. Este trámite permite a los ciudadanos participar en la segunda vuelta sin ser considerados infractores por no haber emitido su voto anteriormente.

La presentación de la justificación debe realizarse de manera personal en la Secretaría Electoral correspondiente al domicilio del votante. Es fundamental llevar la documentación que respalde y justifique la ausencia en las elecciones anteriores.

No obstante, es importante destacar que este procedimiento debe cumplirse dentro del plazo establecido de 60 días posteriores a la elección, de lo contrario, se corre el riesgo de quedar registrado en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, lo que puede acarrear consecuencias legales y restricciones en futuros procesos electorales.

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