25/05/2023

Fin de semana XXL: cuáles son las diferencias entre feriado y feriado con fines turísticos

Fin de semana XXL: cuáles son las diferencias entre feriado y feriado con fines turísticos

Este jueves 25 de mayo es feriado nacional en conmemoración del Día de la Revolución de Mayo y el viernes 26 también es feriado, con fines turísticos. Muchas personas aprovecharán este fin de semana largo para descansar o para viajar.

El feriado nacional es el día en que, por ley, y con motivo de una celebración o festividad de carácter cívico o religioso, no se trabaja a nivel nacional.

En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Por lo tanto el trabajador no está obligado a prestar servicios, y solo podría hacerlo como excepción y obviamente cobrarlos.

Con el objetivo de impulsar el turismo en el país, el Gobierno decretó también al viernes 26 de mayo como feriado puente con fines turísticos. Sin embargo, algunas personas deben trabajar, particularmente quienes se desarrollan en actividades vinculadas al turismo y al comercio. 

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¿Cómo se paga el feriado?

En el caso de trabajar el feriado nacional del jueves 25 de mayo, los trabajadores tienen derecho a percibir un pago doble, es decir un 100% más que un día normal trabajado.

Según establece la Ley de Contrato de Trabajo N° 27.744, en su artículo 166, en los feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical, por lo que quienes presten servicios en tales días, "cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual".

Las personas que tengan que trabajar el viernes 26 recibirán un abono igual que cualquier otro feriado.

El feriado con fines turísticos se trata de un feriado dispuesto por el Gobierno y, en caso de que el empleador obligue a cumplir tareas dicho día, debe pagarse como tal, es decir, el doble de la jornada estándar.

Según la Ley N° 27.399, en su artículo 8, los empleados que trabajen en los feriados con fines turísticos como en los feriados trasladables, "gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales".

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