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TRABAJADOR DE HIDDEN LAKE S.A.

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10/10/2022

Se consideró despedido por persecución y descuentos indebidos: cobrará una millonaria indemnización

Se consideró despedido por persecución y descuentos indebidos: cobrará una millonaria indemnización
Se consideró despedido por persecución y descuentos indebidos: cobrará una millonaria indemnización

La Cámara Primera del Trabajo, integrada por los jueces Juan Lagomarsino, Rubén Marigo y Marina Venerandi, aceptó la demanda que entabló un trabajador de Hidden Lake S.A. y aunque la liquidación final no se calculó, con claridad superará los 10 millones de pesos de capital, a lo que habrá que sumarle los intereses.

La demanda la planteó un trabajador reclamando el pago levemente superior a los nueve millones de pesos en concepto de indemnización, con más el accesorio de los intereses y las costas del proceso, tras haberse considerado despedido indirectamente por persecución laboral y descuentos indebidos de haberes.

Denunció el trabajador que había iniciado a prestarle servicios a la firma el 1° de noviembre de 2001, desempeñando diversas funciones e inclusive ocupando el cargo de encargado del establecimiento.

Hidden Lake S.A. contestó la demanda y pidió su rechazo, negando que el trabajador haya sufrido persecución alguna, justificando los descuentos reclamados en sanciones y ausencias del trabajador.

El punto del pleito judicial se planteó en torno a los descuentos de haberes que sufrió el trabajador desde junio de 2019, alternadamente hasta el mes de junio de 2020. La empresa presentó notas en las que se le hacía saber al trabajador la aplicación de suspensiones o descuentos de haberes por ausencias injustificadas, pero el trabajador desconoció su firma en las que figuran como notificadas y en el legajo no se practicó ninguna pericia caligráfica que acredite que se trata de la firma del empleado.

Así las cosas, el 25 de agosto del 2020, el trabajador remitió una misiva intimando a que le paguen horas extras, le reintegren las sumas descontadas, y cese la persecución de que estaba siendo objeto, bajo apercibimiento de considerarse despedido. Como la intimación fue rechazada por la empleadora sin más explicaciones, el trabajador se consideró despedido el 17 de septiembre del 2020.

Del análisis de los testimonios y pruebas aportadas en la causa, los jueces de la Cámara Laboral analizaron que no se encontró justificación para los descuentos realizados en los haberes del trabajador y peor todavía, no se produjo ninguna prueba que justifique debidamente las faltas de que la empresa le adjudicó al trabajador, por lo que no se podían tener por ciertas las faltas que se le reprocharon.

Pero incluso aún, dijeron los jueces “no puede dejar de observarse que las sanciones aplicadas, no solo exceden la proporcionalidad debida entre la falta y la sanción, sino que colocan al trabajador en una situación insostenible, porque los importes descontados lo dejan en la indigencia” y remataron que “si además tomamos en cuenta que se trataba del encargado del campo con dieciocho años de antigüedad”, se consideraba comprobada “no solo la existencia de injuria que impide la prosecución de la relación laboral, sino también el hostigamiento y persecución que invoca".

En consecuencia, los jueces otorgaron al empleador un plazo de diez días para que ofrezca la liquidación final en concepto de reintegro de las sumas descontadas, con más indemnización por despido injustificado, multas, liquidación final y una buena porción de horas extras que también fueron incluidas en la demanda, con más intereses desde que cada suma es debida y hasta su debido pago.

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