UN HOMBRE DE BARILOCHE SE DECLARÓ CULPABLE

| 13/09/2022

Diez años de prisión por grooming, abuso sexual, distribución y producción de pornografía infantil

Diez años de prisión por grooming, abuso sexual, distribución y producción de pornografía infantil

Los jueces Romina Martini, Marcos Burgos y Bernardo Campana, homologaron un acuerdo pleno de juicio abreviado y condenaron a diez años de prisión a un sujeto que se declaró culpable por los delitos de abuso cibernético, suministro pornografía a una menor agravado por la edad como autor, producción y distribución de pornografía infantil como partícipe necesario, promoción y facilitación a la corrupción de una menor de edad, agravada por la edad y abuso sexual con acceso carnal.

Los eventos que le atribuyó la fiscalía, pueden establecerse en el mes de diciembre de 2021, en esta ciudad, donde comenzó a vincularse con la menor y habría cometido diversos delitos contra la integridad sexual de forma digital. Se le endilga además lo sucedido en el mes de febrero en un espacio de esparcimiento; un hecho de abuso sexual con acceso carnal.

La identidad del agresor debe ser resguardada para proteger la identidad de la víctima.

Describió el fiscal Martín Govetto la evidencia que sustentó la acusación: el relato de la niña víctima, quien declaró en sala de cámara Gesell y el informe de la profesional que la llevó a cabo, denuncia penal de un familiar de la niña, informe de una integrante del equipo directivo de la escuela a la que asiste. Se agrega el informe de la SENAF, el protocolo del Hospital Zonal, de la Oitel que realizó pericias sobre todos los dispositivos secuestrados al igual que lo emitido por los profesionales de Informática Forense, entre otros.

Manifestó su conformidad con este acuerdo, el equipo de defensores de Menores, integrado por Javier Ospital y Victoria Allen, quienes representan los derechos de la niña víctima.

El acusado, asistido por un defensor oficial en esta instancia -previamente tenía defensa particular-, manifestó su consentimiento con el acuerdo propuesto y haber revisado técnicamente la prueba que obra en el legajo.

En respuesta a lo consultado por la presidenta del Tribunal, el imputado reconoció su responsabilidad en la comisión de los hechos que se le atribuyen. De la misma forma el acusado se manifestó, acerca de la calificación y el monto impuesto.

El tribunal aceptó el acuerdo pleno de manera unánime, en el marco de lo previsto en el artículo 212 del Código Procesal Penal y homologó el acuerdo declarando al imputado como autor penalmente responsable por la totalidad de los hechos y las calificaciones propuestos por la fiscalía. 

Requirió además la jueza que se notifique de manera inmediata al Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoInS), que contiene la información provincial y nacional de condenados por delitos contra la integridad sexual.

Debido a la renuncia de los plazos procesales, comenzará de manera inmediata a cumplir la sentencia impuesta en el día de la fecha quedando a disposición del Servicio Penitenciario Provincial. El acusado se encuentra con prisión preventiva desde el inicio de la investigación, para garantizar el resguardo de la misma. 

Cabe recordar que por pedido de la defensa pública penal y con el acuerdo de las partes se dictó en el mes de julio, el sobreseimiento y la inimputabilidad de la madre de la niña, valorando el informe de la perito forense psiquiátrica que determinó que la mujer no tiene aptitud para comprender y dirigir sus actos. Todo ello debido a sus antecedentes como paciente de salud mental, sumado a su historia personal. 

¿Que opinión tenés sobre esta nota?


Me gusta 0%
No me gusta 0%
Me da tristeza 0%
Me da alegría 0%
Me da bronca 0%
Te puede interesar
Ultimas noticias