QUEJAS Y MÁS QUEJAS EN BARILOCHE

| 17/01/2022

¿A la hora de las infracciones de tránsito solo importa que se pase por caja?

¿A la hora de las infracciones de tránsito solo importa que se pase por caja?
Foto: Matías Garay.
Foto: Matías Garay.

En noviembre, una persona recibió una fotomulta por tener el auto mal estacionado en la puerta de su casa… en julio.

Abonó la suma requerida, pero cuestionó: “¿Cómo puede ser que no me hayan dejado un aviso indicando el error, para que lo corrigiera, y que recién me comuniquen la situación cuatro meses después? ¿Y si en ese tiempo yo repetí mi equivocación sin darme cuenta? ¿Me van a seguir viniendo infracciones?”.

Efectivamente, le llegaron dos notificaciones más. No se trata de la única persona a la que le ha pasado.

Arribaron a la redacción varios comentarios exponiendo situaciones similares. Lo curioso es que la referencia coincide sobre autos estacionados.

Resulta normal que en el caso de un coche en movimiento, por exceso de velocidad o debido a que se pasó un semáforo en rojo, el propietario reciba la infracción luego en su domicilio –aunque de ninguna manera eso puede ocurrir cuatro meses después de sucedido el hecho-.

Ahora bien, con un vehículo detenido, ¿por qué no se deja un aviso en el parabrisas?

Esa observación, más allá de que igualmente -si incurrió en un error- deba pagar la multa solicitada, serviría para que el conductor rectificara el modo en que está ubicado el coche, por ejemplo.

Caso contrario, si lo hiciera por desconocimiento, una y otra vez reiteraría la equivocación, y cada vez que pasara el “cochecito fotomultador” se acumularían las boletas a pagar.

Aquí se ingresa en una discusión infinita: ¿acaso quien tiene un registro no debería estar al tanto de toda la reglamentación relacionada con lo vehicular? Sí, claro… En la teoría, pero en la vida real eso no sucede.

Luego está el hecho de que la Ordenanza Nº 3136-CM-19 expresa: “Para los casos en que la falta sea constatada por dispositivos con registro gráfico de infracciones automáticos o semiautomáticos, mecánicos, electrónicos o computarizados y estos no requieran de la presencia de un inspector en el momento de la constatación, el mismo corrobora la falta a través de las pruebas aportadas por las imágenes, para luego firmar el acta para su respectiva notificación por medio de notificador, por correo postal, electrónico u otra forma de notificación”.

Por supuesto que se supone que esa referencia es para mecanismos que capten infracciones en movimiento, pero suena ridículo aplicarlo para un vehículo detenido, más teniendo en cuenta lo que expone la Ley de Tránsito Nacional en su artículo 70, donde se habla de utilizar “un formulario de acta reglamentario”, con entrega de copia, y luego, al momento del juzgamiento, “evaluar el acta de comprobación de infracción con sujeción a las reglas de la sana crítica razonada”.

¿Pero cómo se considerará algo que no existe?, se preguntará cualquiera en su sano juicio.

Es verdad también que las nuevas maquinarias para constatar infracciones requieren reglamentaciones acordes, pero la comunal, que justamente hace referencia a la tecnología que surge en estos tiempos, también necesita una lectura coherente: si un aparato marca un exceso de velocidad, no puede desprenderse de su eje, acelerar, alcanzar al vehículo en cuestión, detenerlo y colocarle la multa en el parabrisas, por lo cual es lógico que después se haga llegar la fotografía marcando la infracción. Pero si un “autito fotomultador” detecta una falta en un coche estacionado, no cuesta nada frenar y dejar una copia de la infracción para, más allá de que luego se cobre por dicha actitud, conseguir que el error se enmiende.

Además, si todo funcionara correctamente, y esa fotomulta llegara al día siguiente de efectuada, no habría inconveniente, pero estamos en el país de “lo atamos con alambre”, y Bariloche, por más que la llamen “la Suiza argentina” -para bien y para mal-, está lejos de ser una localidad europea, entonces eso no sucede, y la comunicación ni siquiera arriba dentro de los quince días previstos, sino cuatro meses después…

Es decir que todo se solucionaría con un poco de buena voluntad, dejando un papelito diciendo aunque sea: “Señor, mire que está mal estacionado”.

Porque si hay tantas zonas “grises” ante la nueva tecnología, como dijeron varios de los consultados para la realización de este artículo, es preferible utilizar el sentido común –que lamentablemente suele ser el menos común de los sentidos– para que esa tonalidad se aclare, y llegue aunque sea a un gris perla, y no que oscurezca hasta un gris topo.

Frente a un modo de actuar obtuso, cualquiera podría pensar que lo que guía esta actitud es la avidez recaudatoria.

Desde el municipio aseguran que no es así -o, al menos, los funcionarios dicen que eso no ocurre desde la Comuna; hay que recordar que el servicio está tercerizado–, e incluso hay dirigentes de alto rango que apuntan contra la jueza del Tribunal de Faltas N°2, Débora Bietti. “Se evalúa llamar a concurso; se han tenido muchas reuniones por su desempeño, pero no parece mejorar”, manifestó una “muy alta” autoridad comunal.

Lo cierto es que las desprolijidades alcanzan también a la comunicación.

Si quien recibe una notificación de la fotomulta, que ya llega con atraso, se ve imposibilitado de acercarse personalmente para hacer su descargo (los horarios son acotados, y, si se trabaja, la cuestión resulta complicada) e intenta hacerlo, como se sugiere, por mail, puede llegar a tardar varios meses más en recibir una respuesta, que tampoco será completa…

Además, en uno de los intentos telefónicos para comunicarse con la titular del Tribunal, la respuesta que se obtuvo fue: “La jueza no está tomando descargos personalmente debido a la pandemia”.

El asunto es que el tema no queda claro, las multas -más allá de que la mayoría sean correctas; ese no es el tema de discusión acá- se comunican tarde y mal, las infracciones se acumulan, y la cajita -que para alguien será feliz– sigue funcionando…

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