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| 13/01/2022

El municipio aclara que no habilitó una fiesta en el Mallín del km 12

El municipio aclara que no habilitó una fiesta en el Mallín del km 12

El Gobierno Municipal a través de la Subsecretaría de Planeamiento y Sustentabilidad Urbana, determinó en el mes de diciembre, la no habilitación de una fiesta privada (electrónica) con fines comerciales, que se pretendía llevar a cabo en el denominado “Mallín del kilómetro 12” de la avenida Bustillo, sobre calle Avutardas.

Cabe mencionar al respecto, que dicho espacio natural se encuentra protegido por la Resolución 2100-1-05 y 85-I-06 así como el Plan del Oeste, Ordenanza 3134-CM-19. Además, la Carta Orgánica Municipal alienta la conservación de todos los humedales del ejido. Por esa razón, debe evaluarse el impacto ambiental de las actividades que se desarrollan en su área y su periferia inmediata.

Es decir, este ambiente debe ser protegido aun cuando, a pesar de su estado de conservación actual, relativamente intervenido, no pueda volverse a una condición originaria.

Los mallines son humedales, ecosistemas productivos o muy productivos, que permanecen inundados todo el año o estacionalmente. Esta característica es importante por cuanto determinará tanto el funcionamiento como la productividad del ambiente y los servicios ambientales que presta en cuanto a zonas de reproducción y cría de aves, peces, anfibios y mamíferos.

Existe una gran variedad de avifauna que depende de este ambiente para nidificación, protección y alimento. Asimismo, los espacios arbolados proveen de albergue y protección a diversas especies de aves que también anidan en el mallín.

Así las cosas, eventos masivos que puedan interferir en la conservación de la calidad ambiental, ya sea directa (pisoteo, generación de residuos, animales domésticos sueltos, exceso de circulación vehicular, etc.) o indirectamente (sonidos o música fuerte que impliquen ruidos molestos, etc.) no deben ser permitidos.

Por otra parte, en referencia a criterios estrictamente urbanos, la Subsecretaría de Planeamiento y Sustentabilidad Urbana, evaluó que la calle Avutardas, no dispone de lugar suficiente para garantizar un nivel de servicio apropiado para la circulación vehicular y estacionamientos que implica un evento de fuerte concurrencia.

Por todo esto, es que el evento nunca fue aprobado por la Subsecretaría de Planeamiento y Sustentabilidad Urbana y, por ende, la Dirección de Comercio e Industria Municipal no llegó, si quiera, a analizar su habilitación.

Por lo tanto, si hubo venta de entradas para un evento que en ningún momento tuvo el correspondiente aval legal de la Comuna para su realización, corre por cuenta del “organizador” a cargo, responder por esa cuestionable acción.

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