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12/08/2021

Si tenés covid, síntomas o sos contacto estrecho: ¿vas a poder votar en estas elecciones?

Si tenés covid, síntomas o sos contacto estrecho: ¿vas a poder votar en estas elecciones?
Si tenés covid, síntomas o sos contacto estrecho: ¿vas a poder votar en estas elecciones?

 

El 12 de septiembre se realizarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y la pandemia de coronavirus aún no habrá sido superada, pese al avance de la campaña de vacunación; sobre todo, porque las estadísticas sanitarias siguen mostrando cifras preocupantes de contagios y de muertes, y persiste la amenaza de un agravamiento de la situación epidemiológica del país con el ingreso de la variante Delta.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) dictó el martes 3 de agosto una acordada, la número 83 de 2021, en la que dispone que los jueces con competencia electoral de cada uno de los 24 distritos determinarán “el procedimiento de emisión del voto para aquellos electores que exhiban síntomas evidentes compatibles con COVID-19 y que exijan ejercer su derecho al sufragio, preservando la salud de las demás personas”.

Desde la CNE dijeron a Reverso que los jueces electorales (por ejemplo, María Servini, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y Alejo Ramos Padilla, de la Provincia de Buenos Aires) “les van a indicar estos procedimientos a los delegados de cada escuela y al comando general electoral de su jurisdicción”, lo que “no necesariamente se va a formalizar en una resolución” oficial de sus juzgados. “Se les recomendará que no vayan a votar, pero si quieren ir, tienen derecho al sufragio, así que cada juez electoral determinará el procedimiento”, indicaron.

 

Tres alternativas para quienes invoquen su derecho a votar

 

Desde la CNE, el máximo tribunal electoral del país, dijeron que los jueces electorales ya están evaluando alternativas. Una de ellas es sacar una urna a la vereda, para que estas personas puedan votar, si así lo desearan.

Otra es disponer un “cuarto oscuro accesible” por escuela, o COA, instaurado por una acordada dictada en 2011, para “personas con discapacidad o dificultad motriz”, ubicados preferentemente en la planta baja de los establecimientos de votación.

Una tercera alternativa es que voten “en su misma mesa pero con distancia física, con todos los elementos de protección sanitaria y con una posterior sanitización profunda del cuarto oscuro” que, en lo posible, debería ser un “cuarto oscuro específico”.

 

Conflicto entre un derecho y el Código Penal

 

El artículo 37 de la Constitución nacional establece que el voto es “universal, igual, secreto y obligatorio” y el artículo 23, inciso b, de la Convención Americana de los Derechos Humanos dice que todos los ciudadanos tienen derecho a “votar y ser elegidos”. 

Es decir que, en la Argentina, votar no sólo es un deber sino un derecho. Sin embargo, la regla mundial para quienes tienen COVID-19, son contactos estrechos o presentan síntomas es aislarse.

Desde la CNE señalaron que esperan que en estas elecciones primarias la participación sea menor que en comicios anteriores, en sintonía con lo que ha ocurrido en las 2 provincias que eligieron representantes en 2021, Misiones y Jujuy, con porcentajes del 59,5% y del 65%, respectivamente, contra el 81% de las presidenciales de 2019 y de 2015, el 79% de las de 2011 o el 76% de las de 2007, según datos oficiales.

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