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LO HABÍAN DECLARADO CULPABLE EN NOVIEMBRE Y LE IMPUSIERON LA PENA EN DICIEMBRE 

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24/05/2021

Superior Tribunal de Justicia confirmó sentencia contra un abuelo abusador

Superior Tribunal de Justicia confirmó sentencia contra un abuelo abusador
Superior Tribunal de Justicia confirmó sentencia contra un abuelo abusador

El máximo tribunal de justicia de la provincia rechazó el recurso intentado por la defensa y confirmó una condena de doce años de prisión que le habían impuesto los jueces Gregor Joos, Héctor Leguizamón Pondal y Marcelo Álvarez Melinger, por una serie de agresiones sexuales cometidas contra su nieta, que por entonces tenía nueve años de edad. 

La identidad del condenado no puede revelarse porque ello ayudaría a revelar la identidad de la víctima (con la que tiene un parentesco directo), sobre la que rige una doble protección legal por la entidad de los delitos investigados y por su condición de menor de edad. 

El hombre, nacido en Bariloche hace 68 años, fue enjuiciado en noviembre del año pasado y acusado por el fiscal Martín Govetto por varios hechos de abusos sexuales perpetrados entre enero y mayo del año 2019. En la acusación lograron fijarse al menos siete episodios en los que la niña resultó violentada por parte de su abuelo. 

La sentencia confirmó luego que el sujeto aprovechaba las ocasiones en las que quedaba solo con la pequeña para someterla a manoseos, besos e inclusive practicarle sexo oral, al tiempo que la obligaba a tocar sus genitales. 

Mientras los hechos ocurrían, perversamente el acusado le manifestaba a la niña que esas "cosas eran las que hacían los abuelos con sus nietas para que aprendan, que también se lo hacía a sus otras nietas; que no debía contárselo a sus padres porque ellos ya sabían porque él les había contado y que era un juego". 

Los hechos descriptos fueron encuadrados en las figuras de promoción a la corrupción de menores agravada por la ascendencia y por haber sido cometido contra una menor de 13 años, abuso sexual simple agravado por la ascendencia -cinco hechos- y gravemente ultrajante agravado por la ascendencia -dos hechos. 

Tras el juicio de cesura, la fiscalía reclamó una pena de dieciséis años de cárcel, mientras la defensa bregó por el mínimo legal, es decir ocho años de prisión. 

La sentencia le impuso doce y en forma posterior la defensa impugnó ante el Tribunal de Impugnaciones y tras el rechazo en instancia ordinaria y extraordinaria, acudió al Superior Tribunal de Justicia para intentar obtener una revisión de la sentencia y del monto de pena. 

Ahora fue el máximo tribunal rionegrino, el que confirmó como justa la condena de doce años que le impusieron como autor de los de los delitos de promoción a la corrupción de menores agravada por la ascendencia y por haber sido cometido contra una menor de 13 años, en concurso ideal con abuso sexual simple agravado por la ascendencia -cinco hechos- y gravemente ultrajante agravado por la ascendencia -dos hechos- en concurso real. 

En ese sentido, el fallo del STJ elaborado con el voto rector de la jueza Liliana Piccinini consideró que "la determinación del número de hechos, acciones o conductas y las calificaciones decididas por el TJ, coincido en que el letrado defensor solo exhibe una discrepancia subjetiva sobre aspectos fácticos, probatorios y de derecho común que resultan impropios de la vía intentada, a lo que se suma que no presenta una crítica concreta y razonada de la propiedad corruptora (elemento normativo) adjudicada a las conductas llevadas adelante por el acusado”. 

Y abundó “Lo mismo cabe decir en cuanto al resto de las sanciones penales, porque se determinó correctamente una pluralidad de movimientos que incluyen tocamientos de partes pudendas, la obligación de que la niña lo tocara en el pene y la colocación de su boca en la vagina de la menor, todos aptos para configurar por sí mismos tanto abusos sexuales simples como ataques gravemente ultrajantes”. 

*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género, podés llamar a la Línea 144, que brinda atención telefónica, anónima y gratuita, a mujeres víctimas de violencia de género.

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