GENNUSO FIRMÓ PRÓRROGA DE LA DISPENSA

| 07/04/2021

Municipales en grupo de riesgo no concurrirán a sus empleos hasta que estén inmunizados

Municipales en grupo de riesgo no concurrirán a sus empleos hasta que estén inmunizados

Así se pudo conocer tras la publicación de una resolución, en la que se establece la prórroga de la dispensa para trabajadores de riesgo. La medida será por el plazo que dure la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio “o bien hasta que se encuentren debidamente inmunizados, lo que suceda primero”.

Este miércoles por la tarde el intendente Gustavo Gennuso firmó una resolución municipal, en la que se establece la prórroga automática de las medidas de dispensa adoptadas para los trabajadores y trabajadoras incluidos/as en los grupos de riesgo, que define la autoridad sanitaria nacional, por el plazo que dure la extensión del “aislamiento social, preventivo y obligatorio o bien hasta que se encuentren debidamente inmunizados, lo que suceda primero”.

En este sentido, desde la Comuna detallaron que dichos grupos de riesgo, de conformidad con la definición vigente al día de la fecha, están conformados por quienes tengan:

* Enfermedades respiratorias crónica: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.

* Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

* Inmunodeficiencias.

* Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

* Embarazadas.

Por este motivo el intendente prorroga la dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo, de los trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta años de edad, hasta que se encuentren debidamente inmunizados o hasta que lo disponga la autoridad sanitaria nacional o provincial; exceptuando aquellos que son considerados personal esencial para el adecuado funcionamiento del municipio y la prestación de servicios, cuyo desempeño se realice en sectores de bajo riesgo de contagio. 

Además se establece que los trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta años de edad, podrán realizar tareas bajo la modalidad de teletrabajo, si así fuera requerido por parte de sus superiores.

“Aquellos trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta años de edad que deseen reincorporarse a sus lugares de trabajo, podrán hacerlo presentando una declaración jurada por duplicado al Departamento de Medicina Laboral, donde surja el consentimiento formal específico y declaren no estar incluidos en los criterios de patologías de riesgo”, destaca el dictamen.

También señala el escrito que los trabajadores y trabajadoras comprendidos en los artículos 1º y 2º de la resolución, deberán notificar al Departamento de Medicina Laboral cuando hayan concluido el proceso de inmunización para COVID de acuerdo a lo normado por Salud Pública de provincia, aportando la documentación que así lo acredite.

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