SE RENUEVA CADA CUATRO AÑOS

| 13/10/2020

Definiciones políticas: se acerca la sucesión de un nuevo defensor del Pueblo

Diego Llorente
Definiciones políticas: se acerca la sucesión de un nuevo defensor del Pueblo

En el microclima político comenzaron las charlas previas de cara a la renovación del cargo. La actual defensora del Pueblo, Beatriz Oñate, termina su mandato en abril de 2021. Cómo se elegirá a su sucesor o sucesora.

Según la Carta Orgánica y las normas vigentes, el defensor o defensora del Pueblo de Bariloche es una funcionaria o funcionario público designado por el Concejo Deliberante de la ciudad en función de sus antecedentes, méritos, cualidades morales y ciudadanas, previa audiencia pública, por un período de 4 años.

La última elección fue en abril de 2017, donde fue elegida la abogada Beatriz Oñate. Sin embargo, aquel proceso será recordado por sus vaivenes y decisiones de última hora.

¿Qué pasó? Sabido es que en cada elección de un defensor o defensora, son los partidos políticos que integran el Deliberante quienes definen el puesto, con la mayoría especial de ocho votos. En 2017, cada fuerza había tenía seleccionado a su preferido, aunque en los hechos, se trata de una convocatoria abierta a la ciudadanía y en la que se elige al mejor preparado.

Pero varias razones, hicieron que la persona que tenía la mayoría de los votos viera frustradas sus pretensiones y por esa razón, los ediles del periodo pasado, debieron recalcular sus intenciones y ahí se llegó a un acuerdo, donde todos los bloques confluyeron en la elección de una de las postulantes: la abogada Beatriz Oñate, quien ocupa el cargo entonces desde mayo de 2017.

El defensor o defensora del Pueblo tiene la función de “defender y proteger los derechos, garantías e intereses, concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad, tutelados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y esta Carta Orgánica, ante hechos, actos u omisiones de la administración”, expone la Carta Orgánica Municipal.

El defensor o defensora actúa con plena autonomía e independencia en sus funciones. No está sujeto a ningún mandato imperativo ni recibe instrucciones de autoridad alguna acerca del modo de ejercer. Rigen para el defensor o defensora del Pueblo los mismos requisitos, inhabilidades e incompatibilidades que para ser concejal municipal.

En este marco, se espera que la convocatoria para postularse al cargo que dejará Oñate, aunque puede repetir si así lo pretende y si la reeligen, se abra este verano. Y más allá de todas las personas que puedan manifestar sus legítimas intenciones de suceder a la abogada, serán los actuales concejales quienes determinarán con su voto al defensor o defensora del Pueblo, que asumirá hasta 2025.

Por eso, ya empezaron los rumores y conversaciones al respecto, aunque tibias, para saber cuál es la voluntad de cada sector al respecto. En el mandato pasado, había solo tres fuerzas políticas representadas en el Concejo. Hoy hay cinco, por lo que las negociaciones para conseguir los ocho votos, resultarían a priori, más dificultosas.

Entre sus funciones, la defensora o el defensor del Pueblo, controla que los entes bajo su ámbito cumplan con sus deberes y obligaciones de acuerdo a la Carta Orgánica y todas las leyes vigentes en la República Argentina y representa los intereses de las ciudadanas y ciudadanos.

Y aunque no es juez, por lo tanto no dicta sentencias ni sanciona, utiliza como herramientas de su gestión las “recomendaciones” hacia el Estado Municipal. También puede sugerir la modificación de normas a los Poderes Legislativo y Ejecutivo. Sus dictámenes no son vinculantes.

Diego Llorente

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