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LA CORTE SUPREMA RESOLVIÓ CONFLICTO POR COMPETENCIA

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01/09/2020

La Justicia rionegrina deberá resolver el caso de la comunidad Buenuleo

La Justicia rionegrina deberá resolver el caso de la comunidad Buenuleo
La Justicia rionegrina deberá resolver el caso de la comunidad Buenuleo

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el conflicto de competencia negativa suscitado entre el Tribunal de Impugnación de Río Negro y la Justicia Federal, en el marco del proceso que se produjo a partir del conflicto que la comunidad mapuche mantiene con un privado, por una importante porción de tierra ubicada en la zona conocida como Pampa de Huenuleo. Será la Justicia rionegrina la que deba tramitar el caso contra integrantes de la comunidad por el delito de usurpación.

El máximo tribunal de justicia de la Nación resolvió el conflicto negativo de competencia desatado entre el Tribunal de Impugnación de Río Negro y el Juzgado Federal de Bariloche. Es que ambos se habían negado a tramitar el caso seguido contra integrantes de la comunidad Buenuleo. Siguiendo el dictamen del procurador general de la Nación, Eduardo Casal, la Corte dictaminó que el caso debe ser dirimido en los tribunales ordinarios, con el voto de los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.

La tramitación del caso comenzó promediando el mes de septiembre de 2019, con una formulación de cargos que plantearon el fiscal jefe Martín Lozada, el fiscal Inti Isla y el fiscal adjunto Gerardo Miranda. Tras la aceptación de los cargos y la apertura formal de la investigación, el juez de Garantías Sergio Pichetto ordenó el desalojo del predio que integrantes de la comunidad tomaron, iniciando una recuperación del predio que aseguraron les perteneció históricamente y que en la actualidad es ocupado por un privado.

Pero en el marco de un proceso de impugnación que iniciaron los defensores Natalia Araya y Matías Schraer, en diciembre de 2019 los jueces Carlos Mussi, Rita Custet Llambí y Adrián Zimmermann anularon todo lo actuado, declararon la incompetencia de la Justicia rionegrina y trasladaron el expediente a la Justicia Federal.

Poco después, el juez federal subrogante de Bariloche Gustavo Zapata, declinó la competencia y el caso se elevó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ahora definió que será la Justicia provincial la que tramite el caso en el que están imputados Ramiro Abelardo Andrés Buenuleo, Sandra Noemi Ferman, Claudio Javier Raile, Nahuel Aucan Maliqueo, Nicolás Antonio Quijada, Lucas Emanuel Dinamarca, Rosa Mabel Buenuleo y Mauro Egon Millan.

A los acusados les imputaron un hecho ocurrido el 10 de septiembre del 2019, a partir de las 7:30, cuando ingresaron a un predio de 92 hectáreas en el que se ubica una vivienda construida por Friedrich y sus socios. Así, dijo la acusación, consumaron el despojo del lote pastoril 127 de la Colonia Nahuel Huapi.

En la formulación de cargos desarrollada en septiembre del año pasado, prevaleció la hipótesis fiscal, que fue acompañada además por la letrada Laura Zannoni, quien representa a los querellantes Emilio Friedrich y Víctor Sánchez, privados que reclaman la titularidad de la tierra. Inclusive la decisión inicial del juez de Garantías Sergio Pichetto había sido ratificada por el juez Marcos Burgos, en carácter de juez de Revisión. Aunque luego todo quedó suspendido a partir de la declaración de incompetencia que había tomado el Tribunal de Impugnación, que ahora deberá retomar el tratamiento del caso a partir del fallo de la Corte Suprema.

Según surge de la documentación que obra en el expediente judicial, el lote 127 fue entregado a Antonio Buenuleo y ello fue formalizado el 6 de marzo de 1946. Parte de ese lote fue cedido más adelante y desafectado de la reserva del Parque Nacional Nahuel Huapi, aunque la delimitación precisa que debía ser realizada por convenio entre la Administración de Parques Nacionales y el Municipio de San Carlos de Bariloche nunca se llevó a cabo. El resto del lote fue fraccionado y vendido por el propio Antonio Buenuleo, según se asegura en el expediente, pero ninguno de los compradores tiene títulos perfectos.

La fracción en disputa, en concreto, habría sido vendida por Buenuleo en noviembre de 2001 a Claudio Thiek, quien a su vez le cedió sus derechos a Emilio Friedrich en abril de 2009, quien más adelante inició un proceso de escrituración que aún no tiene resolución.

El argumento de mayor peso del procurador Casal, fue que justamente es la Justicia provincial, a través del Juzgado Civil, Comercial y de Minería 3 de Bariloche, el que tramita el caso en el que Friedrich reclama obtener una escrituración definitiva del predio.

Mariano Colombo