29/07/2020

Consejo de la Magistratura avala a la jueza Pájaro ante la denuncia de un padre

El Consejo de la Magistratura de Río Negro descartó irregularidades y archivó por unanimidad una denuncia de S. E. contra el fallo de una jueza que autorizó a viajar a su exesposa con sus dos hijas a Estados Unidos -de donde son oriundas-, razón por la cual el denunciante inició en Bariloche una campaña difamatoria y violenta contra la magistrada.

La decisión del tribunal compuesto por magistrados, abogados y legisladores demuestra que S. E. no es una víctima, y recurre a amenazas y acciones de intimidación y desprestigio porque no cuenta con fundamentos legales. Y confirma que la actuación de la jueza y todo el proceso fue ajustado a derecho conforme normativa argentina e internacional.

Se trata del fallo de la jueza Marcela Pájaro, titular del Juzgado de Familia 7, quien en 2018 autorizó a la mujer y sus dos niñas a viajar a Estados Unidos por 90 días, con la obligación de regresar, disposición que fue desobedecida por la autorizada.

En los últimos tres años, tramitaron en ese Juzgado 46 autorizaciones para salida de menores del país. El de E. es el único caso en que la persona autorizada no regresó.

La familia vivía en Estados Unidos hasta que E. fue expulsado por antecedentes penales, y viajaron a Bariloche. Luego se separaron -entre otros motivos por agresiones del hombre que fueron denunciadas penalmente-, y en 2018 la mujer quiso regresar a su país, donde su padre y abuelo de las niñas enfrentaba un serio problema de salud.

Pájaro destacó que también las niñas expresaron su deseo de regresar a estar con su abuelo, familia y afectos, a los que extrañaban, y fueron escuchadas por el Equipo Técnico.

Incluso descartó la disparatada propuesta de E. de que la madre viaje “con solo una de las niñas, operando la otra como una suerte de ‘caución real’ o garantía de retorno”.

Además el propio E. reconoció que había fallado en su compromiso de posibilitar el regreso a EE.UU. de su pareja: “Es cierto que prometí que siempre que ella quisiera volvería a su país... pero actualmente las circunstancias cambiaron”, expresó en el proceso original.

El auditor reafirma asimismo que la sentencia de autorización de la jueza había quedado firme luego de una apelación errónea de E. y el posterior desistimiento del hombre de elevar a Cámara un recurso en contra de la autorización, posibilidad que la misma magistrada le había dado.

Tampoco E. intentó ningún recurso legal nacional o internacional para revertir la situación. En 2019 denunció a la jueza ante el Consejo de la Magistratura, asegurando que fue arbitraria y autorizó el viaje cuando el fallo no estaba firme.

La denuncia fue investigada por el auditor Juan Manuel Montoto Guerrero, quien concluyó que la jueza actuó sin “disfuncionalidad alguna”, no planteó objeción al proceso desde punto vista disciplinario, y aconsejó desestimar y archivar la cuestión.

El auditor consideró que como lo señaló la jueza en su descargo, E. intentó impedir la autorización en el proceso judicial con distintas presentaciones, que fueron descartadas por inconsistentes, erráticas, “con cambios y alternancia de abogados que van y vienen”, sumando en general por su “actuación dilatoria”.

Pudo apelar el fallo, pero al intentar recurrirlo confundió tanto a sus dos abogadas que la apelación fue presentada en un expediente equivocado. Como la apelación errónea fue el último día de plazo, no pudieron subsanarla a tiempo.

Sin embargo, al considerar el error de las letradas, E. tuvo alternativas para elevar la causa a la Cámara, y su decisión fuera revisada a tiempo, y el auditor remarcó que fue el propio E. quien “voluntariamente desistió” de hacerlo.

También tuvo en consideración el fallo del juez de feria, Cristian Tau Anzoategui, quien instó a la mujer a regresar como lo había establecido el fallo de Pájaro, y la intervención del defensor de Menores, Ricardo Mayer, quien sostuvo que la causa estaba “lista para sentencia”. (Fuente: Altavoz Comunicación)

N. de la R.: A pesar de que en el texto original figuraba con nombre y apellido el sujeto cuestionado, al haber menores de por medio y para resguardar su identidad, solo se utilizaron las iniciales.

Te puede interesar
Ultimas noticias