17/11/2019

Piden declarar culpable al acusado por delitos de abuso cibernético  y otros de índole sexual

 

El fiscal Martín Govetto, junto al fiscal jefe Martín Lozada y el equipo de trabajo de la Fiscalía a su cargo, en la clausura del juicio que se llevó en contra de un hombre, solicitó se lo declare penalmente responsable por los delitos de grooming, corrupción de menores, amenazas, coacción, distribución, tenencia y producción de imágenes de abuso sexual infantil. El Tribunal integrado por Bernardo Campana, Romina Martini y Ricardo Calcagno, dará a conocer la sentencia resultante de este juicio, en los próximos días.

El viernes pasado, luego de tres semanas de debate, se formularon los alegatos de clausura, donde el fiscal Martín Govetto junto al equipo de la Fiscalía, llevaron adelante la investigación de estos hechos desde el año 2017.

Recalcó en primer lugar la necesidad de contemplar estos casos bajo dos perspectivas; la de violencia de género, considerando que todas las víctimas son niñas y adolescentes, que fueron agredidas por un hombre; aprovechándose de una relación asimétrica de poder y el interés superior del niño, niña y adolescente. Todas las víctimas, menos una, son menores de edad.

Señaló que “sin dudas se aprobó con absoluta certeza todos y cada y uno de los hechos por los que se acusó. La prueba en este sentido es contundente y entiendo que pocas veces vamos a tener un material de cargo tan extenso, vinculado entre sí y que no deje duda en cuanto a la autoría y materialidad. Esto es porque pudimos reconstruir, con mucho trabajo técnico de varias disciplinas que confluyeron en el mismo, de qué manera fueron atacadas estas víctimas”.

En particular al trabajo interdisciplinario el fiscal Govetto, destacó la labor desarrollada por el responsable de la OITEL, organismo dependiente de la Procuración General a cargo del ingeniero David Baffoni, que resultó ser esencial en el trabajo de análisis de la información colectada. Igual consideración trasladó a la responsable de la Unidad Operativa del Ministerio Público, agentes policiales de Río Negro y de otras provincias, Cuerpo de Investigaciones Forenses, Hospital Zonal y a las profesionales de la OFAVI por su intervención y acompañamiento a víctimas y familiares. Hizo lo propio con los operadores de la Oficina Judicial por la labor desempeñada a lo largo del debate.

Detalló la prueba producida en el juicio, donde declararon alrededor de cuarenta personas entre profesionales intervinientes, agentes policiales de distintas provincias, víctimas y familiares de éstas, que sustentaron la acusación de 23 hechos que constituyen diferentes delitos contra la integridad sexual de niñas y jóvenes.

Algunas de las niñas y jóvenes víctimas brindaron su testimonio en forma personal, viniendo desde Buenos Aires y Córdoba a nuestra ciudad junto a su familia, cuyos traslados estuvieron a cargo del Ministerio Público Fiscal. Otras en cambio lo hicieron desde las provincias de Formosa, Chaco, Misiones, Mendoza; mediante el sistema de videoconferencia. En un caso en particular se dispuso de una intérprete de Lengua de Señas Argentina, para facilitar el testimonio de la joven.

Expresándose acerca de la calificación legal de los hechos y refiriéndose a la corrupción de menores Govetto, consideró que algunos de los hechos traídos a juicio pueden ser valorados como doble y triplemente agravados, por las amenazas, el engaño y la edad de las víctimas. “Se llevó a las niñas a ingresar en un mundo de adultos con un despertar abrupto de su sexualidad, irrumpiendo de manera violenta en su normal desarrollo y actuando de forma prematura”. En cuanto a la tenencia, producción y distribución de imágenes de abuso sexual infantil, consideró como agravante la edad de las víctimas de estos hechos.

El fiscal jefe Martín Lozada a su turno manifestó que el imputado “ha gozado de las aptitudes que tornan viable su punición. En primer término, debido a que en todo momento pudo comprender el sentido otorgado por el legislador a las normas penales cuya violación se le viene atribuyendo. Pudo comprender el alcance y el significado de las normas penales que aquí nos atañen y más aún, gozó de la posibilidad de actuar de otro modo, mediante una autodeterminación libre y autónoma, propia de quien ejerce las cualidades de lo que se ha dado en llamar el libre albedrío”.

Más tarde, de acuerdo a lo expresado en los testimonios de los profesionales de la psicología y psiquiatría que llevaron a cabo diversas pericias sobre el acusado, el fiscal jefe refirió que “consideramos que éste ha superado con creces el test de culpabilidad, lo cual habilita su punición por autoría de delito doloso en nuestro sistema de garantías constitucional. Y por tal motivo, solicitamos al tribunal disponga un veredicto de culpabilidad respecto al imputado, en relación a cada uno de los delitos por los que aquí se lo ha acusado”, finalizó.

La defensa particular del imputado en cambio solicitó que sea considerado inimputable de los hechos que se le atribuyen por padecer una patología mental previa y por estar sumido en un cuadro de estrés postraumático y mencionó una situación vivida en su infancia capaz de generar dicho estrés. Lo cual en su conjunto provoca la inimputabilidad del mismo, no pudiendo dirigir de manera adecuada sus actos. (Fuente: Prensa Ministerio Público)

*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género comunicate al 144, es una línea telefónica nacional gratuita que brinda contención, información y asesoramiento.

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