POR UNA PRUEBA OBTENIDA EN ETAPA PRELIMINAR

| 13/11/2019

Vuelven a rechazar recurso defensivo de un acusado por tenencia de pornografía infantil

Mariano Colombo

 

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia rechazó un recurso de queja de la defensa oficial de un sujeto acusado por tenencia de pornografía infantil. Sobre el sujeto pesa una acusación por un hecho protagonizado en marzo de este año en Ingeniero Jacobacci.

El defensor oficial Marcos Cicciarello planteó un recurso de queja ante el Superior Tribunal de Justicia, luego del rechazo a una impugnación ordinaria y otra extraordinaria por parte del Tribunal de Impugnaciones de la provincia. El letrado, cuestionaba la validez de una prueba obtenida durante la etapa preliminar del caso, pero sus planteos fueron desestimados.

El fiscal Martín Govetto, junto al fiscal Tomás Soto; formularon cargos en el mismo mes de marzo de este año, al sujeto de nacionalidad paraguaya por el delito de tenencia de pornografía infantil.

Se le atribuyó el hecho protagonizado el 27 de marzo de 2019, estimativamente a la hora 1.20, en la localidad de Ingeniero Jacobacci, y haber tenido en su poder un dispositivo de almacenamiento de datos pendrive con fotografías de menores desnudas -pornografía infantil-, lo que le fue secuestrado en el interior de la comisaría 14.

Dicho accionar constituyó el delito de tenencia de pornografía infantil, en calidad de autor, de acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 128 del Código Penal. La acusación se sostuvo con el acta de procedimiento policial, el pendrive, otros elementos como muñecas Barbie intervenidas y una importante cantidad de dibujos con contenido pornográfico realizados por el imputado.

El imputado fue demorado en la localidad de Ingeniero Jacobacci, en el marco de una averiguación de antecedentes y fue representado por el defensor oficial Marcos Ciciarello, quien se opuso a la formulación de cargos cuestionando la requisa por haberse llevado sin orden judicial como lo contempla la norma y consideró que no había motivos de urgencia para prescindir de ella.

Sobre ese aspecto insistió luego de que la formulación de cargos fuera aceptada por el juez de Garantías Ricardo Calcagno, habilitando de ese modo la investigación por un plazo de cuatro meses.

En primera instancia fue el propio Calcagno quien desestimó los argumentos defensivos y por ello la defensa acudió con un recurso de impugnación ordinario ante el Tribunal de Impugnaciones. Ante el rechazo y la negativa de habilitar la instancia de impugnación extraordinaria, el defensor acudió en queja ante el máximo tribunal de la provincia.

Pero para los jueces el defensor solo presentó “una discrepancia subjetiva con lo decidido, sin rebatirlo”, por lo que se ratificó el criterio sentado por el tribunal de Impugnación, que consideró que “no se verificaba en el caso una excepción a la regla general que niega la impugnabilidad objetiva de lo decidido, en tanto no constituía una decisión arbitraria que afectara garantías constitucionales de modo irreparable o de tardía reparación ulterior, ni impedía la continuidad del proceso ni traía un caso de gravedad institucional”.

En su análisis del caso, los magistrados del alto tribunal rionegrino resumieron que “ante un aviso anónimo, miembros de la policía de la localidad de Ingeniero Jacobacci demoraron al causante, quien se encontraba pernoctando en la estación de trenes, y lo trasladaron hasta la dependencia policial. En ella requisaron unas bolsas que portaba y, al hallar una muñeca (tipo Barbie) con orificios realizados en sus zonas genitales y un pendrive, colocaron este dispositivo en una computadora y examinaron su contenido, tras lo cual aquel quedó detenido. Con posterioridad se le formularon cargos por tenencia de pornografía infantil”.

Mariano Colombo

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