22/10/2019

Fotógrafos de perros san bernardo fijan su posición

Fotógrafos de perros san bernardo fijan su posición

Los fotógrafos profesionales, habilitados por este municipio de San Carlos de Bariloche, a los efectos de prestar el servicio de fotografías con perros san bernardo, tanto en el Centro Cívico, como en otros puntos de nuestro ejido municipal; todo ello en el marco de las ordenanzas y reglamentaciones vigentes -las que a continuación se detallan-, emitimos el presente comunicado de prensa en función de que hasta el momento solo han sido oídas, por los medios de prensa y redes sociales, versiones que atacan abiertamente nuestra actividad, nuestro trabajo, nuestras personas y a nuestras familias, usando como bandera el “maltrato animal”, así como la supuesta falta de regulación sobre nuestra actividad, cuando la misma se encuentra normada y vigente.

Desconocemos los motivos del referido embate, ya que desde hace años, hemos participado de un sinnúmero de reuniones y audiencias, con diferentes referentes de nuestra ciudad; representantes de sectores políticos, institucionales, asociaciones no gubernamentales. Oportunidad en la que, todos los partícipes de las mismas, hemos mostrado nuestro mayor interés y entusiasmo en el tema, manifestando las diferentes posturas sobre el particular. Inclusive y en razón de estar parcialmente en desacuerdo, con el proyecto presentado por la concejal Painefil, presentamos un anteproyecto de ordenanza, el cual fue entregado a todos los concejales, el pasado año 2018.

Parcialmente en desacuerdo referimos, atento que, nos resulta excesivo, desproporcionado, arbitrario y en función de lo anterior, abiertamente inconstitucional, ya que a través de una supuesta reglamentación que refiere, pretende sin más no tan solo limitar sino que, sobre todas las cosas, ponerle fin a una actividad lícita y con ello nuestro derecho a trabajar. Estableciendo requisitos que solo buscan eliminar la actividad que se viene desarrollando en nuestra ciudad, desde hace más de 40 años y hoy en día es una postal turística de Bariloche. Todo ello en clara violación a los preceptos constitucionales del art 14, 14 bis, 28 y 75 inc. 22, bloque constitucional de derechos humanos, por solo mencionar algunos.

Es decir en todo tiempo, hemos estado presentes cada vez que nuestra actividad es puesta en tela de juicio, más precisamente, cada vez que resultamos foco de ataques, malintencionados por parte de referentes políticos, que buscan tomar protagonismo utilizándonos como blanco predilecto. Al tiempo que, con sus manifestaciones, generan sobre la sociedad sentimientos y posturas negativas sobre nuestra actividad y personas, como consecuencia de lo cual, somos atacados por medio de las redes sociales, e incluso por medios de prensa. Resultando en definitiva, afectadas nuestras familias quienes obviamente no pueden quedar al margen de todo esto. Todas cuestiones, que entendemos no guardan relación ni mucho, resultan necesarias, a la hora de abordar el tema que nos convoca, que no es otro que adecuar las normas vigentes, las que regulan el servicio que, de acuerdo a la ley vigente, prestamos.

Hemos estado siempre al tanto de todo lo relacionado con nuestra actividad:

- En una oportunidad y luego de una reunión con el, por entonces, secretario de Gobierno Pablo Chamatrópulos, quedó en claro que, respecto a los hechos o conductas antirreglamentarias observadas, por alguno de los fotógrafos en situaciones que resultan en claro maltrato animal, falta de carnet habilitante, o falta de control sanitario del san bernardo, por referir algunas. Se advirtió que lo que faltaba era control por parte de las autoridades encargadas de fiscalizar. Lo cual motivó una nota que fue entregada personalmente al mencionado funcionario, hoy concejal electo.

- Otra vez conformamos una mesa de diálogo, conjuntamente con referentes políticos, asociaciones protectoras de animales, la Defensoría del Pueblo de esta ciudad, veterinarios, concejales y el por entonces secretario de Gobierno Chamatrópulos.

- También, como anteriormente se hizo referencia, presentamos un anteproyecto de ordenanza, el cual fue entregado a todos los concejales de esta ciudad, a sus efectos. (Contamos con las copias respecto de todas estas presentaciones).

En razón de lo manifestado, hasta aquí, queda claro que a lo largo de todo este tiempo hemos participado de reuniones, efectuado presentaciones, siempre en la sutil idea e intención de lograr, adecuar las normativas vigentes a la legislación actual, pero una y otra vez nos han desoído, incluso han usado nuestro silencio ante los medios de comunicación, como conducta reticente y desinteresada por parte nuestra, cuando en realidad, en todo momento hemos acordado sobre algo, en reuniones y luego, las otras partes dan informes a la prensa, manifestando cuestiones, por el todo contrarias.

Por todo lo anterior, queremos poner en su conocimiento, que siempre manifestamos una actitud comprometida, colaborativa y en la misma dirección, que la legislación vigente, tan es así que año tras año, este municipio nos renueva el permiso correspondiente para el ejercicio de nuestra actividad. Si la actividad no está reglada como se manifiesta, mal podrían renovarnos ningún permiso.

Pese a ello, y lamentablemente, año tras año, por otro lado nos atacan, desinteresándose por completo respecto al hecho de que detrás de cada uno de nosotros, están nuestras familias, las que siempre resultan las más damnificadas, por todas las manifestaciones que se ciernen sobre nuestro trabajo, como si fuéramos delincuentes, cuando en realidad estamos registrados, abonamos nuestros impuestos (municipales, provinciales y nacionales), como siempre lo hemos hecho. Desde ya, no nos resulta para nada ajeno que existen colegas que no lo hacen, pero el control y la fiscalización, como ya hemos manifestado antes, lo tiene la autoridad de aplicación y es ella quien debe realizar los controles y aplicar las sanciones, en caso de corresponder. En caso de resultar necesario, y como ya lo hemos manifestado a las autoridades, anteriormente, nosotros mismo nos comprometemos a efectuar las eventuales denuncias, a su respecto.

Mal se puede, como se ha venido haciendo, hasta ahora, referir que la actividad de fotografías con san bernardo, es la responsable de maltrato animal, de incumplir con la ley, por hechos aislados en los que, con los medios de control que actualmente dispone nuestro municipio, resulta sencillo individualizar a los responsables y sancionarlos. Trabajamos a la vista de todo el mundo.

Por todo lo referido, surge manifiesto que la actividad que desarrollamos, se encuentra conforme a derecho, y no alienta por ningún lado ni “el maltrato animal”, como se pretende, ni la “aversión por la ley”, dos preceptos que nos pretenden endilgar.

A continuación pasamos a referir el marco jurídico actual vigente, respecto del cual entendemos debe fiscalizarse la actividad de los fotógrafos con perros. Y ponemos a su disposición una copia del anteproyecto presentado por los suscriptos, a los ediles municipales.

Ello a fin de que ustedes tomen conocimiento directo, sobre lo que manifestamos, y lo más importante, intentando de este modo, evitar que se continúe con la estigmatización de la actividad que desarrollamos. Caso en el que, nos veremos obligados a acudir a los estrados judiciales en procura de justicia, respecto de los derechos que nos vienen avasallando.

Marco Jurídico: La actividad de fotógrafos se encuentra reglamentada por la Ordenanza 448-CM-94, la cual entre otras cuestiones regula todo lo pertinente a quienes pueden ejercer las funciones de fotógrafo y/o camarógrafo profesional, indicando que será requisito esencial contar con la pertinente habilitación otorgada por la Secretaría Municipal de Turismo. Además y a los fines de contar con tal habilitación, éstos deberán presentar una solicitud con los datos personales, y ser mayor de 18 años. Acreditar a través del documento de identidad respectivo, una antigüedad mínima de dos (2) años dentro del ejido municipal de San Carlos de Bariloche y una residencia permanente. Así como aprobar el examen teórico-práctico sobre conocimientos de técnicas fotográficas. Este examen será rendido ante una mesa examinadora constituida por los siguientes miembros: el secretario de Turismo de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, un representante del Ministerio de Turismo de la Provincia de Río Negro y un representante de la asociación de Fotógrafos Profesionales del Parque Nacional Nahuel Huapi.

Por su parte también deben presentar conjuntamente con dicha solicitud, Constancia de inscripción en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Río Negro. Constancia de inscripción en la Dirección General Impositiva, que acredite la posesión de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y el comprobante del último pago del aporte previsional vencido. Presentación de su Libreta Sanitaria y fotocopia de la misma, la cual deberá mantener actualizada mientras ejerza su profesión. Presentar Certificado de Antecedentes otorgado por la Policía de Río Negro.

“En el caso de las personas que se desempeñen como fotógrafos y/o camarógrafos profesionales en relación de dependencia, no deberán cumplimentar los requisitos dispuestos en el artículo 4°) inciso f) y g). En su lugar deberán presentar original y fotocopia del último recibo de sueldo”. Cumplido lo cual se emite un carnet profesional, el cual deberán exhibir (Art. 8) todos los fotógrafos y/o camarógrafos profesionales habilitados y registrados por la Secretaría Municipal de Turismo, deberán exhibir su credencial cuando así lo solicite la autoridad competente o cualquier interesado en sus servicios.

Respecto a las penalidades y/o infracciones que se establecen en dicha ordenanza su artículo 11, establece “La Municipalidad de San Carlos de Bariloche, por intermedio de la Secretaría Municipal de Turismo, será el organismo que controlará el cumplimiento de la presente ordenanza. Cada actuación será dada a conocer a las instituciones intervinientes, concentrándose toda la documentación correspondiente en la Secretaría Municipal de Turismo”.

Según el artículo 12°: Todas las penalidades a los infractores de la presente ordenanza, serán analizadas y resueltas por el Tribunal de Faltas de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, excepto la sanción de apercibimiento, que será aplicada mediante simple verificación de la infracción, en audiencia del imputado. Asimismo el 15 refiere, “Las sanciones de inhabilitación temporaria oscilarán entre siete (7) y noventa (90) días corridos, podrán aplicarse como principales o accesorias, conjuntamente con la sanción de multas, y serán obligatorias dentro de los tres (3) días corridos, a contar desde la fecha en que quede firme la sanción y notificado el infractor”.

En su artículo 21 se establecen las obligaciones de los fotógrafos, entre las cuales se mencionan que estos deberán:

Concurrir a sus funciones pulcramente vestidos y aseados, abstenerse de utilizar elementos sonoros para el ofrecimiento de las fotografías o videos, haciéndolo cortésmente. Exhibir un muestrario de su especialidad con la indicación de las medidas en el caso de las fotografías, o duración de los videos, y el precio de los mismos. En las facturas, recibos, comprobantes de señas, como en cualquier publicidad o propaganda de sus servicios, los fotógrafos y camarógrafos profesionales deberán indicar en forma clara nombre y apellido, número de habilitación que le fuera asignado, fecha de vigencia de la misma y domicilio comercial, número de C.U.I.T., de Autónomos y de Rentas. Asimismo, por cada trabajo deberán entregar un ticket numerado donde conste cantidad, medida, precio total o seña y saldo convenido, nombre y apellido, número de habilitación y dirección comercial del fotógrafo o camarógrafo profesional. Cumplir con las entregas convenidas de material fotográfico o de video, en los plazos y términos pactados.

A su vez respecto a la actividad con perros san bernardo, se encuentra vigente la Ordenanza Nº 494-CM-95, en la cual se establece que además de los requisitos y obligaciones, de la Ordenanza 448-CM-94, los fotógrafos deben obtener la pertinente habilitación turística y su inscripción en el registro correspondiente de la Secretaría Municipal de Turismo. Reconociendo las zonas donde dicha actividad puede desarrollarse; a saber: Centro Cívico: Plaza

Expedicionarios al Desierto y adyacencias. Llao Llao: zona de la base de la capilla San Eduardo y adyacencias. Punto Panorámico del Circuito Chico: zona miradores.

Siendo de obligaciones específicas el cuidado y registro de los animales, mediante la presentación de la patente municipal y el certificado antirrábico. Asimismo, los perros deberán exhibirse en buenas condiciones de higiene y presentación, entendiéndose por tal: limpios, cepillados, bien alimentados y sobre todo, bien tratados.

Asimismo solo podrán utilizar 1 perro de edad superior a 1 año. Solo en casos excepcionales podrá permitirse tener un cachorro (hasta 6 meses de edad) “de brazo”. Debiendo tener cada animal un collar con el nombre identificatorio del mismo y patente a la vista, además de ser controlado con collar de ahorque. El fotógrafo será el único responsable del o de los animales que utilice, asumiendo la misma ante cualquier inconveniente producido contra personas, otros animales. Por otra parte el fotógrafo deberá mantener limpio y aseado el lugar donde trabaje, de restos de comidas y/o excrementos, para lo cual tomará todos los recaudos necesarios para su cumplimiento y en especial recoger las deposiciones de los animales retirándolas del lugar.

Esta ordenanza establece un régimen sancionatorio especial en su artículo 5 donde establece que; todas las penalidades a los infractores del presente reglamento, serán analizadas y resueltas por el Tribunal de Faltas de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, excepto la sanción de apercibimiento, que será aplicada mediante simple verificación de la infracción, en audiencia del imputado y en su Art. 6º) establece la aplicación en el presente Reglamento, de los artículos relacionados de la Ordenanza 448-CM-94 “normas para fotógrafos y/o camarógrafos profesionales”.

Por último Ordenanza Nº 890-CM-98 establece que la autoridad de aplicación de ambas ordenanzas será la Secretaría Municipal de Turismo de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, quien será responsable de la recepción de antecedentes, registro, habilitación y fiscalización de los Guías de Turismo y sobre todo lo referente a lo especificado en la Ordenanza 542-CM-95.

Ante el referido marco jurídico, tenemos que respecto de las ordenanzas vigentes y aplicables a los actos y/o conductas infractoras de las ordenanzas 448-CM-94 y 494-CM-95, se encuentran dentro de las facultades de control y fiscalización de la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, por intermedio de la Secretaría Municipal de Turismo, entidad ésta que además, concentrará toda la documentación correspondiente y a los fines pertinentes.

Con todo lo anterior tratamos de evitar la estigmatización que desde hace un tiempo a esta fecha viene afectando seriamente a una actividad turística que se ha convertido en uno de los símbolos característicos de nuestra ciudad, y que mal puede ser catalogada negativamente por conductas individuales que permanecen impunes ante la ausencia de debido control de parte de los organismos correspondientes.

Fotógrafos con perros san bernardo

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