11/07/2019

Video: 10 claves del grooming en Río Negro

El Poder Judicial elaboró un corto audiovisual que da cuenta de 10 claves para enfrentar el delito de acoso hacia niños y niñas por vías informáticas con fines sexuales, denominado grooming. 

El video, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica con datos aportados por el área de Informática Forense, forma parte de las campañas de prevención e información del Poder Judicial.

1) ¿Qué es el grooming?
El grooming es el acoso de un adulto hacia niños, niñas o adolescentes, a través de internet, con el fin de establecer lazos de amistad con objetivos sexuales. El propósito del adulto es ganarse la amistad virtual de un niño creando una conexión emocional con el fin de disminuir las inhibiciones con el mismo.

2) ¿El grooming es un delito?
Sí, en Argentina la Ley 26.904, sancionada el 13 de noviembre de 2013, tipifica el grooming como delito penado por el Código Penal.

3) ¿Qué dice el Código Penal?
Artículo 131: Será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.

4) ¿Cuenta el Poder Judicial con herramientas para delitos informáticos?
Sí, el Poder Judicial de Río Negro cuenta con el área de Informática Forense, dedicada a la recolección y análisis de evidencia digital en cualquier dispositivo tecnológico.

5) ¿Hubo casos de grooming en Río Negro?
Sí, ya se investigaron decenas en los últimos años, con una curva de crecimiento de denuncias y también de condenas.

6) ¿Cómo actúa Informática Forense?
Prácticamente todo lo que se hace en una computadora, tablet o celular queda guardado; con métodos y técnicas forenses se puede recuperar evidencia de mucho tiempo atrás, aún cuando se haya borrado.

7) ¿Cómo prevenir el grooming?
Se recomienda no proporcionar imágenes o informaciones comprometedoras a nadie, considerando que algo sin importancia en un determinado ámbito o momento puede utilizarse en otro contexto.

8) ¿Qué pueden hacer los adultos?
Colocar las computadoras de escritorio o notebook en un lugar visible de la casa desde donde los adultos puedan observar.
Que los dispositivos electrónicos cuenten con una herramienta de control parental.
Restringir el uso de webcam mediante algún programa o mediante claves o controles parentales.
Conocer quiénes son sus contactos en el chat, en la mensajería instantánea y en las redes sociales.
Explicarles a los niños que no deben rellenar formularios en los que den datos personales suyos, de amigos, conocidos o de su familia.
Es conveniente evitar que chateen a partir de cierta hora.

9) ¿Qué hacer ante un caso de grooming?
No borrar ninguna conversación ni contenido del dispositivo en el que haya elementos de prueba. Realizar capturas de pantallas que evidencien el accionar del “groomer” y alojarlas en otro dispositivo. No bloquear, ni escrachar, ni denunciar al “groomer” en las redes sociales, porque la denuncia es siempre penal.

10) ¿Adónde se debe denunciar?
En la Fiscalía de tu ciudad están preparados para recibir tu denuncia. Es importante saber que las leyes protegen la identidad de niños y niñas víctimas. Esta reserva es obligatoria para todas las partes durante la totalidad del proceso.

 

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