MANEJABA UN COLECTIVO DE LÍNEA

| 13/05/2019

Irá a juicio por causar la muerte de una mujer mayor mientras retrocedía

Mariano Colombo
Irá a juicio por causar la muerte de una mujer mayor mientras retrocedía

 

El conductor de un colectivo que realizaba una maniobra de retroceso en la noche del 12 de febrero de 2015, irá a juicio acusado por haber conducido de forma antirreglamentaria y negligente, cuando embistió a la mujer que caminaba por la calle Los Ñires. La víctima murió en el acto a causa de las impactantes lesiones derivadas de su aplastamiento. Tenía 75 años.

Santiago Bautista Vázquez, conducía el colectivo de la empresa Autobuses Santa Fe que la noche del 12 de febrero de 2015, realizaba el recorrido de la línea 61, en la zona del Ñireco. Según la imputación que impulsa la fiscal Betiana Cendón y los abogados querellantes Horacio Brucellaria y Jorge Olguín, realizó una maniobra imprudente y antirreglamentaria cuando llegaba al final del recorrido, al transitar por Los Ñires, en cercanías del barrio 150 Viviendas. Según describieron, manejó en reversa por algunos metros y embistió a Ansolina Sandoval, que caminaba por la calle.

La mujer murió inmediatamente como consecuencia del aplastamiento de cráneo y tórax que sufrió, según el informe pericial del médico forense Juan Manuel Piñero Bauer.

Los acusadores sostuvieron la acusación, describieron la prueba con la que cuentan y reclamaron la apertura de la instancia de juicio oral y público, para enjuiciar al acusado. El juez Gregor Joos, aceptó la petición y trasladó la fijación de fecha de juicio a la Oficina Judicial. Además, Fiscalía y Querella fijaron una pretensión punitiva provisoria de entre 2 y 3 años de prisión y entre 5 y 10 de inhabilitación especial para conducir.

Según advirtieron, mientras conducía un ómnibus marca Mercedes Benz, en vez de continuar hasta un playón que se utiliza como estacionamiento y realizar allí la maniobra de giro para iniciar un nuevo recorrido, el conductor optó por conducir varios metros hacia atrás, en forma imprudente y antirreglamentaria, sobre la calle Los Ñires.

Al hacerlo, señalaron, violó el artículo 48, inciso “H” de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 que prohíbe circular marcha atrás excepto para estacionar, salir de un garaje o de una calle sin salida.

El defensor particular Sebastián Arrondo, realizó algunas consideraciones respecto al vencimiento de plazos y otros aspectos del trámite judicial que se sigue a su asistido, aunque tras el rechazo a los mismos, no objetó la elevación a juicio, pero adelantó que maneja una teoría del caso opuesta.

Mariano Colombo

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