Publicidad
 
23/04/2019

El jueves, el Concejo elige la nueva conformación de la Junta Electoral

El jueves, el Concejo elige la nueva conformación de la Junta Electoral
El jueves, el Concejo elige la nueva conformación de la Junta Electoral

Luego que la decisión se postergara por las elecciones, los ediles llevarán a la mesa de sesiones los nombres de los nuevos integrantes del organismo que este año tendrá que trabajar en numerosas elecciones barriales y por supuesto, en las municipales de septiembre.

Ya están los tres nombres que formarán parte de la nueva Junta Electoral Municipal y serán votados este jueves en sesión, aunque con la negativa del Frente Para la Victoria, puesto que la oposición quedó afuera en la distribución de cargos.

La terna estará conformada por dos representantes de Juntos Somos Bariloche (con uno de PUEBLO y otro del ex Frente Grande) y por un representante del PRO.

Sin embargo, hoy habrá una reunión definitoria entre todos los bloques en el despacho de Diego Benítez, donde se brindarán detalles de la experiencia de cada uno de los elegidos.

Actualmente, la Junta Electoral Municipal está integrada por Bárbara Figueirido, Ángel Zohil y Karina Chueri, quienes fueron nombrados y votados por el anterior Concejo Deliberante.

Sus mandatos vencen el 30 de abril. Como en cada oportunidad, el nombramiento de los integrantes de dicho organismo, es netamente político. Es decir, por acuerdo de los concejales de turno.
Y por lo general, los designados responden a algún espacio político. De hecho, cuando fueron encomendados en el cargo, Figueirido respondía al partido SUR, Zohil al entonces Frente Grande (hoy sería una rama de Juntos Somos  Bariloche) y Chueri al Frente Para la Victoria.

¿Cómo se los elije? En privado, los concejales tejen acuerdos, se reparten los lugares y después lo llevan a la mesa de sesiones. Allí, se finaliza con el trámite y se vota a mano alzada sin mayores inconvenientes.

De acuerdo a lo que establece la Carta Orgánica Municipal, la Junta Electoral tiene como función confeccionar y depurar los padrones municipales y de juntas vecinales, organizar, dirigir y fiscalizar los comicios, juzgar su validez, realizar el escrutinio definitivo, determinar el resultado y proclamar los candidatos electos.

Asimismo, es su competencia juzgar las elecciones municipales y de juntas vecinales, atender los reclamos referidos a la inclusión en el padrón, justificar la omisión del deber de votar, oficializar las listas de candidatos y aprobar los modelos de boletas para las elecciones municipales y de juntas vecinales.

También deben decidir sobre reclamos e impugnaciones que se susciten con motivo del acto electoral, controlar la autenticidad de las firmas de quienes ejercen los derechos políticos, de iniciativa, referéndum y revocatoria, asegurando la gratuidad y requerir al Departamento Ejecutivo, los medios necesarios para el cumplimiento de su cometido, entre otras.

Diego Llorente