20/02/2019

Defensa impugnó la condena por el homicidio de Marco Barrera Santibáñez

Mariano Colombo

El defensor particular Sebastián Arrondo se presentó ante el tribunal de impugnacion de la provincia para cuestionar el monto de la pena que le impusieron a Damián "Chompy" González, por el homicidio cometido con exceso en la legítima defensa de Marco Antonio Barrera Santibáñez. La fiscalía rechazó los planteos, mientras el tribunal dictará su resolución en los próximos días.

En diciembre pasado, los jueces Héctor Leguizamón Pondal, Gregor Joos y Marcos Burgos, evaluaron que lo justo era imponerle a Damián “Chompy” González una pena de tres años de prisión efectiva, por haberse excedido en su defensa al apuñalar y asesinar a Marco Antonio Barrera Santibáñez. La fiscalía había pedido cinco y la defensa un año de prisión.

Ahora, el defensor Sebastián Arrondo presentó un planteo de impugnación en el que requirió que se evalúen correctamente los atenuantes que planteó durante el juicio de cesura para pedir una pena de cumplimiento condicional y apeló al mínimo de la escala penal prevista para el delito enrostrado.

Previo al planteo, el defensor insistió con la incorporación de testimonios que no fueron admitidos por el Tribunal de Impugnación que presidió Migue Cardella, escoltado por Rita Custet Llambí y Adrián Zimmermann.

La fiscal Betiana Cendón pidió el rechazo del planteo de impugnación que intentó el defensor, afirmando que la pena impuesta a González fue correcta y recordó que durante el desarrollo del juicio había reclamado una condena de cinco años de prisión, pero los jueces al dictar la sentencia atenuaron la calificación legal al incorporar la figura de exceso en legítima defensa.

Arrondo, recordó también que tras la ocurrencia del hecho su pupilo fue agredido y su vida estuvo seriamente comprometida, trasitando la primera etapa del proceso internado en el Hospital Zonal en calidad de detenido. Luego, recuperado, fue alojado en una comisaría para protegerlo de posibles agresiones dentro del Establecimiento Penal 3 y finalmente fue beneficiado con la prisión domiciliaria que cumple hasta la actualidad.

En ese sentido, remarcó el defensor particular que González ya cumplió ocho meses de prisión, por lo que está en condiciones de solicitar la libertad condicional una vez que la sentencia quede firme.

El hecho por el que González resultó condenado ocurrió ocurrió el 18 de junio de 2018 en horas de la tarde, cuando en la intersección de las calles Gómez Carrillo y Chazarreta del barrio Virgen Misionera, González le asestó una puñalada mortal a Marco Antonio Barrera Santibáñez, con quien tenía un largo historial de peleas y discusiones.

Los jueces al declararlo responsable por el hecho realizaron una serie de apreciaciones en relación a la prohibición que tienen a partir de la aplicación del nuevo Código Procesal Penal para realizar preguntas durante el juicio y explicaron que solo pueden valerse de los elementos que las partes aporten en el juicio. En ese sentido, advirtieron que “no es correcta la circunstancia fijada en la plataforma fáctica de la acusación, que refiere que el acusado se paró delante del auto como impidiendo el paso” y agregaron “luego podemos asegurar que Barrera se bajó voluntariamente del auto y fue al encuentro de González, pero antes de ello le dijo a Maldonado que se vaya, lo que motivó que ésta se cambie a la posición de conductor del vehículo. Repárese que ésta afirmación resulta peculiar frente a la idea de volver juntos a su domicilio ubicado en el centro de la ciudad, particularidad que, frente a la falta de pedido de aclaración de las partes, nos permite suponer, de acuerdo al sentido común, que Barrera sabía que algo iba a pasar. Es decir que la víctima tuvo el dominio de la situación, y fue quien decidió confrontar con el imputado, en lugar de continuar su marcha hacia su domicilio”.

Luego apuntaron que “sabemos que Barrera insultó a González y que luego lo agredió con un elemento similar a los utilizados por personal de seguridad. Que González interpuso su brazo para atajar estos golpes y luego le aplicó este puntazo en la zona torácica ocasionándole la muerte”.

Y al momento de aplicarle la pena evaluaron que, tras asestarle la puñalada, arrojó piedras contra el vehículo en el que la víctima se desplazaba y luego se fue a comprar cerveza para beber con sus acompañantes, mostrándose despreocupado por lo ocurrido. También analizaron que “vivió una suerte de pena natural corriendo riesgo su vida por una agresión de allegados a Barrera Santibáñez, que además incendiaron su vivienda por completo”.

Mariano Colombo

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