07/02/2019

Acordaron una pena unificada de tres años y nueve meses de prisión

Mariano Colombo

Acumulaba varias causas en su contra y acordó en un juicio abreviado ser condenado a la pena de tres años y nueve meses de prisión. Arrastraba legajos de cuando era menor de edad y en el marco del acuerdo se consideró su condición de adicto.

Jeremías Brian Millahual deberá purgar con tres años y nueve meses de prisión, un cúmulo de causas en su contra que encontraron una resolución final ayer en el marco de un acuerdo pleno celebrado entre las partes, en una audiencia que presidió el juez Marcos Burgos, acompañado en el tribunal por Héctor Leguizamón Pondal y Marcelo Barrutia. El acuerdo homologado por los jueces, fue celebrado entre el acusado, su defensor oficial Marcos Cicciarello, y la fiscal Betiana Cendón.

Para dictar la condena se unificó el tratamiento de varios legajos judiciales contra el sujeto. El primero de ellos por un hecho ocurrido en agosto de 2018 en una vivienda del barrio Villa Lago Gutiérrez, a la que pretendió ingresar con fines delictivos, junto a otro individuo. El hecho fue abortado por el propietario del inmueble, quien además de poner en fuga a los delincuentes llamó a la policía.

En el marco de una persecución, lograron dar alcance al acusado y ponerlo a disposición de la justicia, sin que hubiera podido concretar su intención delictiva. El hecho fue encuadrado en la figura de robo simple en grado de tentativa. Por ese hecho se acordó una condena de dos meses de prisión.

Otro hecho que tuvo por protagonista a Millahual, ocurrió el 9 de diciembre pasado, luego del recordado partido decisivo entre River y Boca. En el barrio Nuestras Malvinas, el acusado y otro individuo, agredieron a varias personas, rompieron vidrios de viviendas y amenazaron a los damnificados. El hecho quedó encuadrado en las figuras de lesiones graves, daño y amenazas y por esa calificación legal se acordó una condena de un año y seis meses de prisión. Para el esclarecimiento del hecho resultó determinante una filmación casera obtenido por uno de los integrantes de la familia afectada, a través de un teléfono celular.

Otro de los hechos que se evaluó para el acuerdo final que condenó a casi cuatro años de prisión a Millahual, estaba referida a una causa por el delito de robo agravado por el uso de arma en grado de tentativa, cuando era menor de edad. En ese caso ya se había llegado a un acuerdo para la declaración de responsabilidad del acusado y la realización de un tratamiento tutelar. Los informes resultaron desfavorables respecto a los resultados, por lo que la fiscalía planteó que debía ser condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión.

Por un hecho encuadrado en la figura de hurto simple contra una vivienda, cometido en diciembre de 2017, el acusado había llegado a una suspensión del juicio a prueba bajo determinados requisitos que se establecieron. Sin embargo, no cumplió las condiciones impuestas por lo que la suspensión quedó sin efecto y se reanudó el proceso penal. Por ese hecho la fiscalía pidió una condena de dos meses de prisión.

Además, el acusado tenía otros legajos penales en su contra por los delitos de amenazas simples y daño, aunque por la entidad de las penas, como parte del acuerdo pleno celebrado, la fiscalía desistió de aplicar condenas en esos hechos.

De tal manera que con la unificación total de las penas, por composición y no por suma aritmética, Millahual deberá purgar una condena de tres años y nueve meses de prisión.

Mariano Colombo

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