28/12/2018

Evitó el juicio por estafas en la venta de planes de ahorro  

Un sujeto que estaba acusado por el delito de estafa en relación con la comercialización de planes de ahorro accedió al beneficio de la suspensión del juicio a prueba por el término de dos años. Durante ese plazo, deberá respetar ciertas pautas y condiciones que le impusieron y podría resultar eximido de responsabilidad penal. Pagará veinte mil pesos en compensación y hará tareas comunitarias.

El juez Marcelo Barrutia aceptó la suspensión de juicio a prueba que acordaron las partes y concedió el beneficio a A.G.I., quien llegó a la instancia previa de juicio oral, acusado de haber cometido una serie de estafas cuando se desempeñaba como vendedor en una agencia de automóviles cero kilómetro.

El agente fiscal Sergio Pichetto atribuyó a A.G.I. una serie de estafas cometidas en el interior de un concesionario oficial de la marca Toyota. Según apuntó, trabajando para la firma Nippon Car, como promotor o vendedor, concretó la venta de varios planes de ahorro completando los formularios de adhesión al plan, cobrando los importes de las primeras cuotas, sin rendir ese dinero a la firma para la que trabajaba, ocasionando un perjuicio de 17.540 pesos a la empresa que debió cubrir ese dinero y decidió despedirlo.

En la acusación, Pichetto detalló cada uno de los hechos atribuidos, acumulando cuatro casos ocurridos entre junio y agosto de 2015 y desestimando otros siete casos que habían sido denunciados. En su alocución, detalló cada uno de los episodios con sus fechas, números de formularios y recibos que se emitieron y narró las sumas de dinero que los clientes abonaron.

Para la fiscalía, A.G.I. se valió de una “puesta en escena, aprovechando ser empleado de la firma y actuando siempre en la oficina de la misma, llevó al error a los ciudadanos”, aunque detalló que el perjuicio debió ser cubierto por Nippon Car.

Como parte del acuerdo alternativo para resolver el caso, la Fiscalía y la defensa coincidieron en que el proceso sea suspendido por dos años, plazo durante el cual el acusado deberá respetar todas y cada una de las condiciones impuestas.

La primera condición será realizar un total de cuarenta horas de tareas comunitarias. También deberá abonar una suma de veinte mil pesos en concepto de reparación por los daños ocasionados. Finalmente, respetar pautas de conducta de carácter genérico que le impusieron.

Vencido el plazo y cumplidas todas las pautas impuestas en la probation, resultará definitivamente eximido de responsabilidad penal.

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