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EL DINERO CORRESPONDÍA AL SEGURO DE VIDA POR LA MUERTE DEL ESPOSO

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19/12/2018

Se aprovechó de la discapacidad de su cuñada y se quedó con gran parte de jugosa indemnización

Una mujer incapaz cobró una cuantiosa indemnización por la muerte de su esposo. Su cuñada, la acompañó en todos los trámites, la engañó y tras depositar el dinero en una cuenta, se gastó dos tercios del total del dinero. Ahora, la investiga la Justicia.

El fiscal Sergio Pichetto y el adjunto Gerardo Miranda formularon cargos contra una mujer por el delito de defraudación por circunvención de incapaces, cometido en contra de su cuñada, quien cobró una indemnización por la muerte de su esposo en un accidente laboral, ocurrido en la obra en construcción del Hotel Hilton en nuestra ciudad.

La audiencia fue presidida por el juez de garantías Juan Martín Arroyo y se desempeñó, por el Ministerio Público de la Defensa, Juan Pablo Laurence.

La víctima perdió a su esposo, luego de haber estado en coma desde enero hasta junio, a razón de un accidente laboral cuando prestaba servicios para una empresa constructora que estaba construyendo dicho hotel en nuestra ciudad. La víctima se presentó en junio ante las oficinas de una aseguradora, acompañada de sus cuñadas, donde recibió un cheque por una importante suma de dinero en concepto de indemnización.

El hecho objeto de la formulación de cargos ocurrió en fecha 15 de junio de 2018, en el Banco Santander Río, cuando la imputada, abusando de la inexperiencia de la víctima y su evidente patología previa mental, abrió una cuenta judicial a nombre de la víctima y sus cuñadas. Acto seguido le hizo endosar el cheque antes mencionado y depositar en la cuenta abierta la suma total.

Todo ello, con la finalidad de sustraerle el dinero en cuestión y perjudicar patrimonialmente a la víctima y a su hijo menor de edad, ambos beneficiarios de la indemnización. La víctima posee capacidad nula para administrar sus bienes o tomar créditos, realizar operaciones de compraventa de bienes y otras operaciones comerciales, según informes periciales.

Con posterioridad, la imputada realizó varias transferencias, extracciones de dinero y otros actos, perjudicando de ese modo a la víctima y a su hijo menor de edad. Concretamente, en la actualidad, la cuenta posee un tercio de lo depositado.

Los hechos enunciados constituyen el delito de defraudación por circunvención de incapaces, tal lo dispuesto en el artículo 174 inciso segundo del Código Penal. Dicha acusación encuentra sustento en la importante cantidad de documentos incorporados al legajo y testimoniales, tales como registros bancarios, informes del Cuerpo Médico Forense, entre otros.

Solicitó además el fiscal Pichetto la "inmovilización de bienes" que es una medida cautelar al servicio de un proceso penal en el que se investigan generalmente delitos económicos comunes y supone, por ejemplo, la congelación de cuentas bancarias, a efectos que las mismas no puedan ser vaciadas por sus titulares para evadir, frustrar o dificultar la acción de la justicia competente. También se solicita para hacer cesar los efectos del delito en curso y de proteger el patrimonio económico de la víctima. Requirió además la apertura de una cuenta judicial para transferir estos fondos hasta que finalizara la causa y la prohibición para salir del país.

La imputada fue asistida por el defensor oficial Juan Pablo Laurence y no prestó declaración. El defensor se opuso a la formulación de cargos por el tipo de delito que se le atribuye a su defendida y la existencia previa de una sentencia de proceso de capacidad del Juzgado de Familia. Igual planteo hizo en referencia a las medidas cautelares por considerarlas excesivas y por considerar descartados los riesgos procesales mencionados.

El juez de garantías Juan Martín Arroyo dio por formulados los cargos y habilitó la investigación del hecho por el término de cuatro meses, dado que se mencionó una conducta típica y un encuadre legal adecuado. Impuso, además, la prohibición de salida del país solicitada para asegurar los fines del proceso y ordenó la apertura de una cuenta judicial para que se transfieran los fondos y sus dividendos.