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30/11/2018

Para los jueces hubo exceso en la legítima defensa en homicidio de Barrera Santibáñez

Para los jueces hubo exceso en la legítima defensa en homicidio de Barrera Santibáñez
Para los jueces hubo exceso en la legítima defensa en homicidio de Barrera Santibáñez

Los jueces Héctor Leguizamón Pondal, Gregor Joos y Marcos Burgos, determinaron que Damián “Chompy” González, se excedió en la legítima defensa al ultimar de una puñalada al corazón a Marco Antonio Barreara Santibáñez. De esa manera lo declararon responsable del homicidio y en una nueva audiencia evaluarán qué pena le corresponde.

El hecho investigado ocurrió el 18 de junio de este año en horas de la tarde, cuando en la intersección de las calles Gómez Carrillo y Chazarreta del barrio Virgen Misionera, González le asestó una puñalada mortal a Marco Antonio Barrera Santibáñez, con quien tenía un largo historial de peleas y discusiones.

Los jueces realizaron una serie de apreciaciones en relación a la prohibición que tienen a partir de la aplicación del nuevo Código Procesal Penal para realizar preguntas durante el juicio y explicaron que sólo pueden valerse de los elementos que las partes aporten en el juicio. En ese sentido, advirtieron que “no es correcta la circunstancia fijada en la plataforma fáctica de la acusación, que refiere que el acusado se paró delante del auto como impidiendo el paso” y agregaron “Luego podemos asegurar que Barrera se bajó voluntariamente del auto y fue al encuentro de González, pero antes de ello le dijo a Maldonado que se vaya, lo que motivó que ésta se cambie a la posición de conductor del vehículo. Repárese que ésta afirmación resulta peculiar frente a la idea de volver juntos a su domicilio ubicado en el centro de la ciudad, particularidad que frente a la falta de pedido de aclaración de las partes, nos permite suponer, de acuerdo al sentido común, que Barrera sabía que algo iba a pasar. Es decir que la víctima tuvo el dominio de la situación, y fue quien decidió confrontar con el imputado, en lugar de continuar su marcha hacia su domicilio”.

Luego apuntaron que “sabemos que Barrera insultó a González y que luego lo agredió con un elemento similar a los utilizados por personal de seguridad. Que González interpuso su brazo para atajar estos golpes y luego le aplicó este puntazo en la zona torácica ocasionándole la muerte”.

Los jueces evaluaron que cuando el acusado aceptó brindar su versión de los hechos, manifestó expresamente que respondería todas las preguntas que le hagan con la verdad. Sin embargo la fiscalía prefirió no realizarle preguntas. Al respecto señalaron los jueces que se trató de una “oportunidad para poder efectuar un contraexamen, ponerlo en evidencia, requerir mayores explicaciones, o exhibir contradicciones”, pero la fiscalía no tuvo actividad en ee sentido.

Y resumieron que “la versión de González encuentra apoyatura en un testigo presencial del hecho” y “no se encuentra desvirtuada” por los dichos de la pareja del fallecido. “A todo evento el principio in dubio pro reo hace que en este estado del proceso cobre relevancia lo manifestado por el acusado”.

Para los jueces se trató de un homicidio simple, “toda vez que la muerte de Barrera responde a la puñalada mortal aplicada por González”, recordaron la secuencia del hecho y manifestaron que “González tenía derecho a defenderse de esta agresión física de Barrera” y simplificaron señalando que “No cabe duda que la agresión primero verbal, luego física con este elemento contundente dirigido a su cabeza, puede ser definida como agresión ilegítima” y agregaron “El aspecto que consideramos excede esta legítima defensa, refiere al modo en que González se defendió. Nótese que frente a una acción violenta, que venía evitando con su brazo, asesta una sola puñalada y en el corazón de Barrera”.