2023-03-08

CONFESÓ QUE MANOSEABA A SU SOBRINA

Fue declarado culpable por abusos sexuales que cometió a los 16 años: lo eximieron de pena

Se trata de un caso verdaderamente singular. Un sujeto de actuales 25 años fue eximido de pena al haber dado un giro en su vida y haber demostrado su firme voluntad de reconocer los hechos que le imputaron y procurar una superación de lo ocurrido.

A partir del planteo unificado de la defensa, el defensor de menores y la propia fiscalía, el juez Gregor Joos dictó una sentencia en la que eximió de pena a un sujeto de actuales 25 años que se había declarado culpable por una serie de abusos sexuales cometidos cuando tenía 16 años, contra su sobrina de apenas 5. 

El sujeto, hoy radicado en San Martín de los Andes, había sido declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple reiterado y agravado por haber sido cometido contra una menor con la que convivía. La sentencia fue en junio de 2022. Ahora, tras recibir un amplio informe socio ambiental y psicológico, las partes del proceso plantearon que no correspondía aplicarle una pena por lo que el sujeto fue eximido de sanción.

El joven había sido acusado por hechos ocurridos en 2014, en el interior de una vivienda de Bariloche, cuando el acusado tenía 16 años y la víctima 5. Según el legajo judicial, los hechos ocurrieron de manera reiterada y en una cantidad indeterminada de ocasiones, cuando llevaba a la niña hasta una habitación de la vivienda que compartían y la sometía sexualmente sin llegar a consumar una violación.

El fiscal Martín Govetto resaltó que los hechos investigados ocurrieron en el año 2014, nueve años atrás, cuando el acusado tenía 16 años y recordó que la escala penal aplicable al caso va de los tres a los diez años de prisión. En su análisis del caso argumentó que su pretensión punitiva no iba a superar los tres años de prisión y en función del avance del tratamiento y teniendo en cuenta las circunstancias especiales que rodearon el caso,iba a solicitar la eximisión de pena.

Así, explicó que cuando se develó el hecho, muchos años después de su ocurrencia, lo primero que hizo el acusado fue presentarse ante la Comisaría y reconoció su culpabilidad, en términos informales. Luego ratificó su intención voluntaria de asumir aquella situación ante el juez. Aceptó lo que pasó y manifestó que pretendía realizar un cambio en su vida, se fue de la ciudad, emprendió otro proyecto laboral y requirió asistencia a profesionales, psicólogos y psiquiatras, para que lo acompañen en el tratamiento.

Para el fiscal Govetto resultaba innecesaria la aplicación de una condena, por lo que con esos argumentos solicitó la eximisión de prisión.

El defensor de menores Ricardo Mayer adhirió a la posición del Ministerio Publico Fiscal, recordando que el acusado reconoció los hechos investigados, que tuvieron lugar durante su adolescencia. Para el defensor, la situación investigada comenzó cuando su pupilo era menor no punible y después se extendió un breve lapso más, hasta que la víctima se lo hizo saber a su progenitora y se formuló la denuncia. 

En tal sentido remarcó que el acusado ha reconocido su responsabilidad, a estado en contacto con psicólogos y psiquiatra en el Hospital de San Martin de los Andes y ha demostrado estabilidad a la hora de realizar los tratamientos, por lo que de igual modo que la fiscalía solicitó que se lo exima de sanción y se lo absuelva.

El acusado, por su parte, manifestó que trata siempre de ser mejor persona y está dispuesto a hacer lo necesario para que todos puedan salir adelante e indicó que desde entonces, se ha enfocado en trabajar y en hacer las cosas bien.

Al momento de resolver, el juez Gregor Joos destacó entre otros conceptos la actitud inicial y posterior del acusado, aceptando su responsabilidad en la Comisaría y luego en la justicia mediante un procedimiento de acuerdo parcial. Remarcó que eligió radicarse en otra localidad y que realizó un tratamiento bajo la tutela de varios profesionales.

También evaluó el tiempo transcurrido entre la fecha en la que se analiza la posible aplicación de una sanción y los hechos que se investigaron en el caso y consideró que el requerimiento fiscal que acompañó la defensa resultaban vinculante para el dictado de la sentencia.

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