11/09/2017

Imputado y detenido por provocar trágico siniestro sobre Bustillo transgredió tres agravantes

- DE LOS CUATRO OREVISTOS POR LA LEY -  La fiscal Betiana Cendón imputó a Matías Carabajal por el homicidio culposo de dos jóvenes que viajaban en motocicleta cuando los embistió violentamente con su automóvil. Conducía de forma antirreglamentaria, negligente e imprudente. Al conocer la acusación se negó a declarar y quedó detenido con prisión preventiva. 

Imputado y detenido por provocar trágico siniestro sobre Bustillo transgredió tres agravantes
Imagen ilustrativa.
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Por Mariano Colombo
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De acuerdo a la imputación formulada ayer a primera hora de la mañana, Matías Carabajal conducía en una zona urbana a 93,49 kilómetros por hora y bajo una fuerte intoxicación alcohólica. Los análisis determinaron que tenía 1,36 gramos de alcohol por litro de sangre, superando holgadamente el máximo permitido para manejar vehículos.

Pero además, tiempo atrás le habían quitado su carnet de conducir al ser detectado en un control de alcoholemia conduciendo en las mismas condiciones.

El fatal siniestro que provocó ocurrió el pasado sábado alrededor de las 3.30 horas, frente al numeral 4256 del barrio Melipal. En esa ocasión, conducía su Fiat Uno en dirección Oeste-Este, cuando invadió el carril de circulación contrario e impactó fuertemente sobre la motocicleta en la que viajaban Rodrigo Ariel Pereira, de 32 años, y María Celeste Domínguez, de 27. Ambos habían salido de trabajar poco tiempo antes, en un bar del centro de la ciudad.

Las gravísimas lesiones que sufrieron, provocaron el fallecimiento inmediato de las dos víctimas. Así lo afirmó la fiscal al momento de enumerar las heridas, descartando la hipótesis que se generó cuando varias horas después de concluido el operativo en el lugar del suceso, hallaron el cuerpo de la joven oculto entre la vegetación existente a la vera de la Avenida Bustillo.

En su acusación, la fiscal destacó además que el estado de los neumáticos del vehículo que conducía Carabajal, tenían un avanzado desgaste. En suma, Carabajal incurrió en una acción temeraria, negligente, imprudente y antirreglamentaria al conducir su vehículo sin las condiciones adecuadas para hacerlo. No tenía carnet porque se lo habían retenido en junio por conductas similares, conducía alcoholizado y a una velocidad notablemente superior a la permitida, e invadiendo el carril contrario. Como corolario, tampoco tenía cobertura de seguros.

Todos esos elementos fueron considerados para sostener el pedido de prisión preventiva que finalmente el juez de Garantías, Juan Martín Arroyo, decidió, contrariando la posición del defensor Cristóbal Buhrer, quien además cuestionó la formulación de cargos. “Nada de lo planteado resulta irrisorio” enfatizó el magistrado en relación a lo peticionado por la fiscalía.

Finalmente otorgó un plazo de 45 días para la finalización de la investigación, para realizar en ese tiempo una audiencia de control de acusación en la que la fiscalía ya adelantó que pedirá una condena de prisión efectiva.

 

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