TRAGEDIA EN LAGO GUTIÉRREZ

| 06/12/2023

"Todos los adultos acompañantes por acción u omisión permitieron que los alumnos ingresen al lago"

"Todos los adultos acompañantes por acción u omisión permitieron que los alumnos ingresen al lago"
Foto: Matías Garay.
Foto: Matías Garay.

El juez Marcos Burgos dictó su sentencia de responsabilidad en la que declaró culpables a los tres docentes que llegaron a juicio, del homicidio culposo de una alumna de séptimo grado durante una salida de fin de año en el complejo Los Baqueanos. A partir de ahora se abrirá una nueva instancia de debate en la que se discutirá la pena a imponer.

Apuntó el magistrado que la actividad desarrollada ese día estaba debidamente reglamentada y no tenía previstas las actividades en el agua, pero pese a ello los docentes involucrados autorizaron o en el peor de los casos, no se opusieron a que los niños ingresen al lago. En ese contexto asumieron la calidad de “garantes”, pero “no tomaron los recaudos de seguridad lógicos y del más elemental sentido común".

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Para el magistrado, más allá de que Marelli fue sobreseído, quedó acreditado que ingresó al agua con los niños y pese a que en el momento puntual del hecho estaba a unos cincuenta metros aproximadamente “debió cerciorarse de cuestiones de seguridad”. En la misma línea el juez apuntó que “Todos los adultos acompañantes en la salida por error u omisión permitieron que los alumnos de sexto y séptimo grado ingresen a las aguas del lago aquel día. Sostengo ello en virtud de que algunos autorizaron que los chicos ingresen al lago y otros al observar no se opusieron", más allá de que en el proceso solamente se haya acusado a los cinco docentes inicialmente, que terminaron siendo cuatro ante el sobreseimiento de Marelli, decisión que el juez consideró desacertada.

En tal sentido explayó "Entiendo que hay que hacer una distinción además entre los docentes y los padres acompañantes. Los primeros programaron, coordinaron y/o ejecutaron la salida en el marco de su función como docentes, lo que configura una responsabilidad mayor frente a lo que acontezca porque justamente es parte de su labor y por la cual reciben remuneración. Los segundos con finalidad colaborativa y acompañantes de sus hijos y compañeros. Lo afirmado no implica que estos últimos, en todos los casos, estén exentos de responsabilidad legal. Lo cierto es que en el hecho aquí acusado no han sido sometidos a reproche alguno por las partes acusadoras".

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Sostuvo Burgos que “tal fue el punto de descuido que ninguno de ellos advirtió que las menores estaban en el agua, que intentaron buscar la pelota de vóley que había caído al agua y recién lo advirtieron cuando una de las niñas empezó a realizar movimientos exagerados dentro del agua”. En ese sentido remarcó como “loable” que el docente Arriagada haya rescatado a otra niña en la situación de emergencia, “pero no observó que había otras niñas en el agua y que haya salvado una vida no desvía su responsabilidad en la otra vida”, concluyó, aseverando que “El escenario de mayor riesgo ya había sido establecido por quienes considero responsables”.

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