DEMANDA JUDICIAL

| 21/03/2023

Quiso saber quién es su padre y resultó ser el hombre que la llamaba "sobrina"

Quiso saber quién es su padre y resultó ser el hombre que la llamaba "sobrina"

El reconocimiento de quienes forman parte de nuestra llegada al mundo es algo que cualquier persona merece saber, para comprender cuestiones incluso que van más allá de nuestra genética. En la localidad vecina de El Bolsón una mujer de 30 años presentó una demanda para conocer a su padre biológico y resultó ser una persona que la trataba como "sobrina". Ahora, debido a un fallo judicial, el verdadero padre debe indemnizar a su hija. 

Según compartió el portal de noticias regionales Info Chucao, el juzgado Multifueros de El Bolsón recibió la demanda de filiación, donde el hombre admitió ser víctima de la situación, ya que manifestó tener problemas laborales y en su vida familiar, pero además culpó a su hija por haber tardado tanto tiempo en iniciar la demanda por paternidad. 

El juez de la causa dijo que: "Observo así, violencia de género también en la conducta del demandado,  en cuanto a la negación de un derecho humano como es la identidad y todas las consecuencias que ello apareja. Las mujeres de las zonas rurales corren el riesgo de ser víctimas de violencia a causa de la persistencia de actitudes tradicionales relativas a la subordinación, tal como lo menciona la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer)". 

La primera demanda había sido la de averiguación de paternidad, por parte de la mujer. Ante la negativa de este hombre, el fallo ordenó la filiación. Luego se inició la demanda por daños y padecimientos morales y psicológicos sufridos a lo largo de su vida. Incluyendo que nunca estuvo presente en su niñez ni contribuyó con su crianza, así como también generó una desigualdad en relación a sus hermanas. 

El fallo dice que el Código Civil y Comercial de la Nación establece que "el daño causado al hijo por la falta de reconocimiento es reparable". En el proceso se recibieron distintos testimonios que ratificaron la situación familiar y todos ellos fueron concordantes en relatar la historia y vivencias del grupo familiar que integra la mujer, haciendo hincapié que era un hecho conocido por los vecinos de la comunidad, la paternidad y el parecido físico, además de la relación que existió entre los progenitores de la demandante.

Una pericia psicológica dio cuenta del daño sufrido: "Presenta características de estado de angustia y depresión por la falta del reconocimiento y abandono de su padre. Se crió con una abuela hasta los quince años. A ello se suma que en el pueblo las personas le hacían notar el parecido físico con su padre biológico, además de observar que sus hermanas tenían otra calidad de vida. Fue además obligada a guardar silencio".

En lo sustancial la sentencia consideró que la víctima se "ha visto discriminada por su padre, siendo colocada en una situación de desigualdad con el resto de sus hijos. Observo, un actuar desatinado y hasta de violencia económica en el creer que nada le debe en concepto económico a su hija, cuando no estuvo en su niñez, la negó siempre, la condenó a aparentar ser quien no era, jamás pagó cuota alimentaria alguna y como corolario intenta desplazarla de sus derechos hereditarios. Considero que mentir primero y confirmar después lo que negó, constituye violencia psicológica, tal como quedó demostrado en el expediente de filiación incorporado a las presentes actuaciones", explica el fallo.

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