06/02/2023

La ANMAT prohibió la venta de un pan dulce y de un aceite de oliva: qué marcas no debés comprar

La ANMAT prohibió la venta de un pan dulce y de un aceite de oliva: qué marcas no debés comprar

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de una marca de pan dulce y una de aceite de oliva.

A partir de una notificación de la Superior Unidad de Bromatología Provincial de la provincia de Jujuy (SUNIBROM), la Anmat inició el proceso de investigación sobre el producto “Masa tipo pan dulce con frutas” marca Cuatro Espigas, elaborado por Productos Panificados Electo S.A y comercializado por Fernández María Lorena, con locación en la provincia de Salta.

Según se especifica en la Disposición 899/2023 del organismo, publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma de su titular, Manuel Limeres, el producto contaba con registros en “trámite no concluido” y el fabricante había hecho una solicitud para obtener la habilitación de su establecimiento, pero también “continúa en gestión”. A su vez, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) determinó que contaba con registros existentes, ya que no corresponden a la jurisdicción de Salta.

 

 

En tanto, a través de la Disposición 950/2023, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, del producto: “‘Aceite de Oliva Extra Virgen marca Don Mateo, Contenido Neto 1000 cc, Elaborado y Envasado, RNPA 13028651, RNE 12045697, Sierras de Córdoba’, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

En este caso, la investigación se inició a partir de un monitoreo en góndola realizado por el Área de Bromatología de la Localidad de Villa Dolores, provincia de Córdoba, en el cual se detectó la comercialización del mencionado producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

 

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