RECHAZARON HÁBEAS CORPUS

| 23/09/2022

Jueza espera que Fabio Bonnefoi demuestre alguna vez su deseo de resocializarse

Jueza espera que Fabio Bonnefoi demuestre alguna vez su deseo de resocializarse

La jueza de Ejecución Penal de Bariloche, Sandra Ragusa, rechazó el planteo de hábeas corpus que intentó un defensor de Fabio Daniel Bonnefoi con la petición de que su asistido sea trasladado al Penal de Bariloche, denunciando brutales palizas diarias de parte de agentes penitenciarios, condiciones infrahumanas de detención y tratos inhumanos. Pero la jueza le recordó sus incesantes esfuerzos por resocializar al interno que, según describió en la sentencia, no surten el resultado esperado por la actitud del propio sujeto y su entorno.

El pasado 6 de septiembre de 2022, el abogado Federico Batagelj planteó un hábeas corpus correctivo a favor del interno Fabio Daniel Bonnefoi, denunciando una serie de graves situaciones en torno a la detención del sujeto alojado en el Pabellón 10 del Establecimiento de Ejecución Penal 2 de General Roca. Días después amplió su presentación.

En concretó denunció condiciones infrahumanas, constantes vejaciones, brutales palizas, trato inhumano, aislamiento, requisas ilegales y robo de sus pertenencias. Reclamó el traslado al Establecimiento de Ejecución Penal 3 de Bariloche.

La presentación motivó una profusa actividad probatoria de parte del Juzgado de Ejecución Penal 12 de Bariloche, a cargo de la jueza Sandra Ragusa, quien de inmediato libró oficios a las autoridades penitenciarias, ordenó el traslado del interno al hospital, convocó a la fiscalía y luego continuó requiriendo información y recopilando antecedentes.

De toda la información solicitada, se concluyó que solo en el mes de agosto pasado Bonnefoi fue visitado por su pareja en trece ocasiones y que durante esos encuentros ocurrieron “una serie de episodios de violencia generados por la mencionada que incluyeron amenazas al personal, disturbios y daños en las instalaciones”.

También surgió de los informes que el Pabellón 10 está destinado a alojar internos en celdas individuales cuando, por los problemas que generan y por los conflictos que mantienen con otros internos, no pueden ser alojados con la población general y que el interno tiene un teléfono celular en su celda.

Los informes médicos revelaron que Bonnefoi presentaba lesiones contusas en el hombro derecho y el muslo izquierdo, aparentemente recientes y de carácter leve.

El Servicio Penitenciario informó que se realizó una requisa aleatoria y preventiva y que a Bonnefoi le encontraron elementos no permitidos y que, molesto por la situación, al finalizar la requisa de todo el pabellón, el interno incendió su colchón.

Con todo ello reunido, Ragusa tildó de “incendiaria” la adjetivación utilizada por el letrado, concluyendo que “Bonnefoi tiene unos raspones” que están siendo investigados por los organismos competentes para entender en ellas.

Recordó que para iniciar el incendio de su celda, Bonnefoi utilizó un encendedor, elemento que está prohibido, y a criterio de la jueza “justificó a todas luces la requisa”, pero además se acreditó que “Bonnefoi no solo cuenta con un celular permitido por la Res. MSyJRN Nro. 1299/18, sino con uno clandestino que le fue secuestrado durante la requisa”.

“También se ha acreditado que el causante ha recibido visitas en más de lo permitido por los reglamentos penitenciarios vigentes y que el único motivo por el que se suspendieron es por los disturbios y violaciones a tales reglamentos que la visita causó”.

La jueza Ragusa fue más allá y escribió en su sentencia: “No tengo el gusto de conocer personalmente al Dr. Federico Batagelj, por lo que no puedo sino presumir su buena fe. En ese entendimiento le haré saber que en la ciudad de Mar del Plata –en cuya Universidad Nacional he obtenido mi título de abogada– desde las primeras clases de la carrera de Derecho se nos instruye acerca de la dignidad del cargo de defensor y se nos propone como modelo de inspiración y de emulación a un grupo de abogados defensores –de la Defensoría Pública y de la Matrícula– que durante la dictadura militar, con perfecto conocimiento de las consecuencias que acarrearía para sí mismos y para sus familias, firmaron acciones de hábeas corpus en favor de personas inocentes detenidas ilegalmente. Sabían también –en su profunda valentía y justificado temor– las consecuencias para los detenidos en casos de que no se presentaran esas acciones. Lamentablemente varios de ellos pagaron con sus vidas, pero aún hoy nos inspiran. Nos tomó tan solo cincuenta años degradar la sociedad y la administración de justicia a acciones como la que resuelvo aquí. Temo por lo que haremos durante los próximos cincuenta años”.

Señaló luego que los demás internos “tienen la desgracia de estar alojados con Bonnefoi”, quien de manera “sistemática obstaculiza deliberadamente cualquier acción tendiente al éxito del tratamiento penitenciario de los demás” y en ese contexto también consideró a los familiares del resto de los internos y al personal policial y penitenciario y sus familias que son sometidos a un clima laboral de permanente violencia y riesgo.

Ragusa recordó que concedió a Bonnefoi anteriormente “un beneficio de semisoltura –en uno de mis tantos esfuerzos de resocializarlo y de liberar a la sociedad de él– cuya principal pauta de conducta consistía en presentarse en mi despacho todos los viernes por espacio de más de una hora para conversar conmigo y contarme lo que estaba haciendo, brindándome datos que yo pudiera confirmar luego, y para escuchar a una persona que lo guiaba para salvar a sus propios hijos –cuya vida según él les dedica y quiere proteger– del estigma de su apellido en nuestra ciudad, realizando alguna obra de bien alguna vez. A la salida de una de esas entrevistas fue a su casa y puso un cuchillo en la garganta de su pareja, quien tenía a su bebé en brazos”.

Luego disparó: “Hago constar una verdad de toda evidencia que es el desgaste jurisdiccional y funcional inútil que ha generado esta acción que inició el Dr. Federico Batagelj con el cabal conocimiento de que no existía motivo para su inicio, como lo acredita la prueba producida y el hecho de que no se ha presentado como querellante en ninguna de las tres denuncias penales que se encuentran en trámite de investigación”.

Refirió entonces que “la consecuencia más dañina que ha tenido la presente acción es decirle a Fabio Daniel Bonnefoi una vez más que no tendrá ninguna consecuencia por su accionar porque siempre habrá alguien que, por el motivo que sea, estará dispuesto a avalar y a patrocinar su conducta autolesiva y perjudicial para terceros”.

Concluyó entonces que “hasta que Fabio Bonnefoi no adquiera el conocimiento fehaciente de que no puede seguir usando esos recursos ni seguir dejándose usar por ellos, no se materializará mi esperanza de que se dé cuenta de que su única salida es expresar a quienes estamos esperando esa oportunidad, su deseo de resocializarse”.

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